Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 24 de Noviembre de 2016, expediente COM 042289/2014
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2016 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 42289/2014 - TRANSPORTES GOYANES S.R.L. c/ MASSALIN PARTICULARES S.A. s/ORDINARIO Juzgado n° 5 - Secretaria n° 10 Buenos Aires, 24 de noviembre de 2016.
Y VISTOS:
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Por recibido.
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Atento al rechazo del ofrecimiento de jurisdicción dispuesto por la colega Sala F, considerando la cuestión sometida a decisión, a fin de no demorar el trámite de las presentes actuaciones y al sólo efecto de dirimir el conflicto de competencia generada por el decisorio de fs. 838/9, se dictará
resolución.
Ello, sin perjuicio de advertir que lo que se decida aquí no importa prevención para futuras intervenciones de este Tribunal de Alzada.
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Apeló la defendida el pronunciamiento de fs. 838/9 mediante el cual el titular del Juzgado del Fuero Nro. 5 dispuso ofrecer jurisdicción a la titular del Juzgado Comercial Nro. 9. Ello, al advertir -según su perspectiva- una íntima vinculación entre la presente contienda y la caratulada “A.E.J. c. Transportes Goyanes S.R.L. y otros s. ordinario” (Expte. N..
26.178/2013), que fue promovida con anterioridad y se encuentra más avanzada en tu tramitación. Sus argumentos aparecen desarrollados a fs. 844/6.
La Fiscalía General de Cámara dictaminó a fs. 863.
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Tal como ya fuera considerado a fs. 868/9, el presente proceso fue iniciado el 29-12-2014 (v. cargo de fs. 647 vta.) en procura de una condena Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA
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PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #24566599#165006475#20161125111058619 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B contra ‘Massalin Particulares S.A.’ para que sea abonada cierta indemnización “… en concepto de daños y perjuicios sufridos por Transportes Goyanes, en virtud de la rescisión unilateral e intempestiva dispuesta …” (v. fs. 627 vta.
primer párrafo).
En la descripción de la operatoria comercial habida, fue manifestado que “… la accionada le impuso a mi mandante, como condición para cerrar el acuerdo, la contratación del Sr. E.J.A., quien venía prestando servicios de transporte para Massalin desde hacía varios años.
Ante ello, la accionada impuso a mi parte que el Sr. A. sea subcontratado, ya que el nombrado era quien les informaba respecto de las irregularidades que observaba en la...
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