Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 5 de Junio de 2017, expediente FMZ 023047281/2011/CA001

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 23047281/2011/CA1 En la ciudad de Mendoza, a los cinco días del mes de Junio del año dos mil diecisiete, reunidos en acuerdo los señores miembros de la Sala "B", de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, D., R.J.N. y R.A.F., encontrándose vacante la Vocalía Nº 2, procedieron a resolver en definitiva estos autos Nº FMZ 23047281/2011/CA1, caratulados: “TRANSPORTE GRANADO S.R.L. c/ AFIP-DGA s/ Proceso de Conocimiento- Contenciosos Administrativos”, venidos del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 143 y vta., contra la resolución de fs. 126/133 vta., por la que se resuelve: “1)-

HACER LUGAR, a la acción contencioso administrativa incoada por Transporte Granado S.R.L., contra la Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General de Aduanas, y, en consecuencia, declarar la nulidad de la Resolución Nº155/11, de fecha 5/4/2011, dictada en el sumario administrativo SA 38-207-10, y de todas las actuaciones que son su consecuencia. 2) IMPONER LAS COSTAS del proceso a demandada vencida (arts. 68, 77 y demás concordantes del C.P.C.N.). 3)- REGULAR los honorarios de los profesionales que han asistido a las partes de la siguiente manera: A los de la actora vencedora : en un 12% de la base al patrocinante, y en un 30% del 12% anterior al apoderado, esto es la suma de $ 3.220 para el Dr. J.L.A., por su actuación en el doble carácter. A los de la demandada vencida :

en un 8% de la base al patrocinante y en 30% del 8 anterior al apoderado. Esto es la suma de $ 2.146 para el Dr. S.C., por su actuación en el doble carácter. COPIESE. NOTIFIQUESE” .

El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:

¿Debe modificarse la sentencia apelada?

Fecha de firma: 05/06/2017 Alta en sistema: 13/06/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza #8419870#180297323#20170601102346134 De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y arts. y 15º

del Reglamento de esta Cámara, previa y oportunamente se procedió a establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación, doctores:

R.J.N. y R.A.F..

Sobre la cuestión propuesta el Sr. Juez de Cámara Dr. R.J.N. dijo:

I- Contra la sentencia de fs. 126/133 vta. el apoderado de la demandada (AFIP- DGI) interpone recurso de apelación a fs. 143.

En oportunidad de expresar agravios (fs. 152/153 vta.) luego de hacer un resumen de los antecedentes de la causa sostiene le causa...

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