TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SA (TF 39244-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Fecha | 17 Agosto 2023 |
Número de expediente | CAF 015513/2022 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
15513/ 2022 TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SA (TF 39244-A) c/
DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Buenos Aires, de agosto de 2023.- SH
AUTOS Y VISTOS: La desinsaculación practicada para que este Tribunal resuelva el conflicto negativo de competencia suscitado entre las Sala II y I del fuero para intervenir en esta causa. Y;
CONSIDERANDO:
-
Que de la lectura de lo actuado hasta el momento en el caso surge que el núcleo de los fundamentos vertidos por la apelante radica en el planteo de inconstitucionalidad de la resolución (M° Economía) nro. 127/2008.
De este modo, manteniendo el criterio seguido por esta Sala en los expedientes nros. 44060/2022, "Transportadora Gas del Sur SA (TF 39154-A) c/ DGA s/recurso directo de organismo externo", y 3422/2022, "Transportadora Gas del Sur SA
(TF 39242-A) c/ DGA s/recurso directo de organismo externo",
ambas resoluciones del 22/02/2023, de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal General en causas similares a la presente (vgr. Dictamen n° 96/2023 entre otros), corresponde convalidar el desplazamiento de la competencia dispuesto por la Sala II en la resolución de fs. 340, debiendo la Sala I asumir el conocimiento de esta causa, por razones de conexidad con el expediente nº 19.223/2021 “Transportadora de Gas del Sur S.A. - TF
38422- A c/DGA s/ recurso directo de organismo externo”, en el que previno.
Por ello, en mérito a lo precedentemente expuesto, el Tribunal
RESUELVE:
mantener el desplazamiento de la competencia en favor de la Sala I de esta Cámara.
Regístrese, notifíquese, comuníquese la presente resolución -mediante DEO- a la Sala II y, oportunamente,
remítanse los autos a la Sala I de esta Cámara, por intermedio de la Secretaria General del fuero.
Fecha de firma: 17/08/2023
Alta en sistema: 18/08/2023
Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA
A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional se hace constar que suscriben la presente dos vocales por hallarse vacante el tercer cargo.
SERGIO GUSTAVO FERNANDEZ CARLOS MANUEL GRECCO
Fecha de firma: 17/08/2023
Alta en sistema: 18/08/2023
Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA
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