TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A.

Fecha de la disposición26 de Mayo de 2014

TRANSPORTADORA DE GAS

DEL NORTE S.A.

Transportadora de Gas del Norte comunica el nuevo reglamento interno de comité de auditoría aprobado: Contenido: 1. Normas de funcionamiento. 1.1. Composición del Comité 1.2 Duración en el cargo. 1.3. Reuniones. 1.4. Compensación 2. Tareas del Comité de Auditoría 2.1. Auditores externos 2.2. Auditores internos. 2.3. Control Interno e informes financieros 2.4. Política sobre gestión de riesgo 2.5. Conflictos de intereses 2.6. Honorarios de directores y administradores 2.7. Aumento de Capital 2.8. Código de Conducta 2.9. Operaciones con partes relacionadas 2.10. Plan de actuación 2.11. Informe Anual 2.12. Leyes y reglamentos 2.13. Plan de capacitación Anexo 1: Plan de actuación. Anexo 2: Plan de capacitación. 1. Normas de funcionamiento. 1.1. Composición del Comité. El Comité de Auditoría, designado por el Directorio, estará compuesto por tres (3) directores titulares con mayoría con condición de independientes, de acuerdo a los criterios establecidos para ello en las Normas de la Comisión Nacional de Valores, que deberán contar con versación en temas empresarios, financieros o contables. Además, deberán arbitrarse los medios para garantizar la existencia de directores suplentes independientes en reemplazo de los titulares. 1.2. Duración en el cargo. Los miembros del Comité de Auditoría ocuparán sus cargos por un período de un año, pudiendo ser renovados en sus cargos. 1.3. Reuniones. Convocatoria: La convocatoria de las reuniones del Comité de Auditoría habrá de realizarse en la misma forma y con la antelación suficiente prevista para el Directorio. Periodicidad: El Comité de Auditoría se reunirá con una frecuencia no inferior a la exigida al órgano de administración, o más frecuentemente si las circunstancias lo requieren, previa convocatoria de cualquiera de sus miembros. Agenda: Las reuniones deben ser planeadas con anticipación teniendo en cuenta los temas a tratar y las personas a ser invitadas. La agenda deberá distribuirse a todos los miembros para su conocimiento y preparación de los temas. Funcionamiento del Comité. Serán de aplicación a las deliberaciones del Comité y a sus libros de actas las normas aplicables al órgano de administración. Serán válidas las reuniones mantenidas por video conferencia o medios similares que permitan la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras. Quórum: El quórum para sesionar y decidir válidamente se establecerá con la presencia de dos miembros. Votación: Las decisiones del Comité serán válidas con el voto favorable de la mayoría de sus miembros presentes o representados en el Comité. Presentaciones especiales: El Comité podrá requerir la presencia de los auditores internos o externos y de los gerentes de la compañía para que informen acerca de cuestiones que hagan sus respectivas incumbencias. Los directores y síndicos podrán asistir a las deliberaciones con voz pero sin voto. Libro de Actas: De las reuniones, el Secretario redactará actas que distribuirá entre los miembros del Comité y que serán incluidas en el libro de actas respectivo, el cual deberá cumplir con las mismas normas aplicables al libro de actas del Directorio. 1.4. Compensación. Además de los honorarios que les corresponde percibir en su condición de Directores, los miembros del Comité de Auditoría podrán...

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