Transporadora de Gas del Norte S.A. S/acuerdo Preventivo Extrajudicial

Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2009

Falla:

Primero: Condenar a Diógenes Iriarte Sejas y Florencia Pérez Labrayo, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de cinco años de prisión y multa de pesos quinientos ($ 500), por encontrarlos coautores responsables del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el artículo 5º inciso 'c' de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Absolviendola de culpa y cargo a Florencia Pérez Labrayo del delito de tenencia ilegítima de Documento Nacional de identidad ajeno, previsto y penado por el art.

33 inciso 'D' de la ley 20.974 , por la que fuera acusada por el beneficio de la duda, conforme el artículo 3º del C.P.P.N. Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.

Segundo cómputo de pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 20 de Noviembre de 2.000 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal y el comiso del dinero secuestrado, conforme el artículo 30 de la ley 23.737.

Cuarto: No hacer lugar al pedido de regulación de honorarios efectuada por el Señor Defensor Oficial, conforme el artículo 63, segundo párrafo de la ley de Ministerios Públicos.

Quinto: Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 23 de Mayo de 2.006 a horas 12:00, en la sede de este Tribunal (artículo 400 del C.P.P.N.).

Sexto: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- René Vicente Casas.

-- Carlos Rolando Massaccesi. -- Hugo Marcelo Savio. Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 29/10/2009 Nº 95786/09 v. 11/11/2009 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en la causa caratulada: 'Quispe Yucra, Yolanda s/ Inf. Ley 23737', Falla:

  1. ).- Condenando a Yolanda Quispe Yucra, de las calidades personales obrantes en autos, a las penas de cuatro años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225.-) con más la de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, que establece el art. 12 del C. P. y las costas del juicio, por resultar la nombrada, autora responsable del delito de Transporte de Estupefacientes --cocaína--, previsto y sancionado por el art. 5 inc. 'c' de la Ley 23737, que se le imputa en el requerimiento de elevación a juicio.

  2. ).- Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 19 de Abril de 2013.

  3. ).- Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

  4. ).- Remitir aYolanda QuispeYucra al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.

  5. ).- Notificar la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia de la misma.

  6. ).- Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Marta Liliana Snopek.

Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 29/10/2009 Nº 95773/09 v. 11/11/2009 Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

Falla: Primero: Condenar a Roberto Uribe Quiroz, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes previsto y penado por el artículo 5º inciso 'C' de la ley 23.737, con costas.

Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 04 de Abril del año dos mil trece, y...

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