Transmimotor S.R.L. S/ Quiebra

Fecha de la disposición13 de Octubre de 2009

Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 1 de octubre de 2009.

Silvina D. M. Vanoli, secretaria.

e. 07/10/2009 Nº 85031/09 v. 14/10/2009 El Juzgado en lo comercial Nº 17, a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría Nº 34 a cargo de la Dra. Silvina D. M. Vanoli, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 3º piso, hace saber por cinco días que con fecha 14 de septiembre de 2009 se ha decretado la quiebra de 'Jardín Computación SRL s/Propia Quiebra' (CUIT Nº 30-70986208-8). El síndico titular interviniente es el contadora Andrea Lemos con domicilio en la calle Libertad 293, piso 6º, Cap.

Fed., Tel. 5.6486550/55. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico, hasta el día 12 de noviembre de 2009.- Fíjanse los días 2 de febrero de 2010 y 16 de marzo de 2010, para que el síndico titular presente los informes previstos por los arts. 35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente.- Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b) se ordena a la fallida y terceros que entreguen al síndico los bienes de aquella que se encuentren en su poder c) la fallida deberá de abstenerse de salir del país sin autorización previa del Tribunal. Prohíbese hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces. Intímase a la fallida a que dentro del término de 48 horas, constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del tribunal.

Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 1 de octubre de 2009.

Silvina D. M. Vanoli, secretaria.

e. 08/10/2009 Nº 85909/09 v. 15/10/2009 N° 18

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en Comercial Nº 18, Secretaría nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 15 de septiembre de 2009 se resolvió decretar la quiebra de Rald SRL, con CUIT Nº 3068770211-1; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Luis Juan Kuklis con domicilio en Lavalle 1619, 4º piso 'E' de esta Ciudad recepcionará hasta el día 8 de febrero de 2010 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 22 de marzo de 2010 y el informe general del art. 39

L.C.Q. el día 5 de mayo de 2010. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: 'Rald SRL s/Quiebra' Expte. Nº 054284, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2009.

María Florencia Estevarena, secretaria.

e. 07/10/2009 Nº 84743/09 v. 14/10/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría Nº 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 21/8/09 se resolvió decretar la quiebra de Juan Roque Trimarco, con D.N.I. Nº 4.364.577 y C.U.I.L. Nº 20-04364577-4; haciéndose saber a los acreedores que la síndico Norma Catalina Canturi, con domicilio en Montevideo 456 Piso 3º 'A-B' de esta Ciudad, recepcionará hasta el día 20/11/09 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentare el día 15/2/10 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 30/3/10. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la...

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