Trámite del procedimiento

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VIII
Trámite del procedimiento
Sumario
§1.- Tribunal e n lo Criminal nro. 1, Causa nro. 1261/10 "Montenegro, Maximiliano Rodrigo por robo
agravado por escalamiento en B. Bca."; causa nro. 12074/08 "Montenegro, Maximiliano Rodrigo por hurto
agravado en B. Bca."; causa nro. 923/08 "Montenegro, Maximiliano Rodrigo por resistencia a la autoridad
en concurso real con daño agravado en B . Bca." causa nro. 748/08 "Montenegro, Maximiliano Rodrigo por
daños y resistencia a la autoridad en B. Bca."; causa 4370 "Montenegro, Maximiliano Rodrigo por
encubrimiento agravado y su agregada en IPP nro. 15275 caratulada Montenegro, M aximiliano Rodrigo
por amenazas agravadas en B. Bca.", rta. 4 de febrero 2011.- Juicio abreviado: lo acordado por las partes
importa un techo para el juez. La modalidad de cumplimiento de la pena también puede ser objeto de acuerdo.
§2.- Tribunal en lo Criminal nro. 1, causa 1200/08, caratulada: “Raya, Diego Javier s/ abuso sexual simple”,
rta. 2 de junio 2009. Límites a la resolución por el juez ante el trámite de juicio abreviado: imposibilidad de
aplicar agravantes no pautas en el acuerdo.
§3.- Juzgado en lo Correccional nro. 4, causa nro. 1203/08, caratulada: “Nieto, Fabián Ernesto y Sosa,
Carlos Diego s/ privación ilegal agravada de libertad, usurpación agravada y portación de arma de fuego de
uso civil sin autorización”, rta. 5 de mayo 2009. Necesidad de que los indicios probatorios sean múltiples,
coincidentes y unívocos.
§4.- Tribunal en lo Criminal nro. 2, causa 986/07, caratulada: Leiva, Pablo Daniel s/ robo calificado por e l
uso de arma de fuego, acumulada con homicidio culposo y portación de arma de uso civil sin autorización,
rta. 27 de abril 2009. El Ministerio Público Fiscal debe probar los hechos de la forma en que los construyó en la
acusación. El no reconocimiento del imputado en la sala de debate, no resta fuerza al testimonio teniendo en
cuenta los cambios físicos atravesados por aquel.
§1.- Juicio abreviado: lo acordado por las partes importa un techo para el juez. La
modalidad de cumplimiento de la pena también puede ser objeto de acuerdo.
“Es importante destacar que en el procedimiento de juicio abreviado, más allá de que las partes acuerdan una
calificación legal y una pena, dichos extremos representan para los ma gistrados un "techo" que no pueden r ebasar
al dictar sentencia, pero conservan la posibilidad de imponer una calificación menos gravosa, una pena inferior o
incluso, absolver, con lo que, más allá de las particularidades propias de este tipo de procedimiento, no puede
predicarse respecto de él que no abastezca el requisito de "juicio previo" constitucionalmente reconocido en el
artículo 18 de la Carta Magna Nacional. (TC2 LP 23938 RSD-392-8 S 22-7-2008 del voto del Dr. MANCINI)
“Asimismo entiendo que la modalidad de cumplimiento de la pena también es objeto de acuerdo entre las partes, y
posee el carácter vinculante para el juzgador siempre que supere el control de legalidad, sin que el su scripto pueda
valorar o cuestionar la conveniencia, más allá de lo que s e establece en el art. 26 del C. Penal.” (TRIBUNAL EN LO
CRIMINAL NRO. 1, CAUSA NRO. 1261/10 "MONTENEGRO, MAXIMILIANO RODRIGO POR ROBO AGRAVADO POR
ESCALAMIENTO EN B. BCA."; CAUSA NRO. 12074/08 "MONTENEGRO, MAXIMILIANO RODRIGO POR HURTO
AGRAVADO EN B. BCA."; C AUSA NRO. 923/08 "MON TENEGRO, MAXIMILIANO RODRIGO POR RESISTENCIA A LA
AUTORIDAD EN CONC URSO RE AL CON DAÑO AGRAVADO EN B. BCA." CAUS A NRO. 748/08 "MONTENEGRO,
MAXIMILIANO RODRIGO POR DAÑOS Y RESISTEN CIA A LA A UTORIDAD EN B. BCA."; CAUSA 4370 "MONTENEGRO,
MAXIMILIANO RODRIGO POR ENCUBRIMIENTO AGRAVADO Y SU AGREG ADA EN IPP NRO. 15275 CARATULADA
MONTENEGRO, MAXIMILIANO RODRIGO POR AMENAZ AS AGRAVADAS EN B. BCA.", RTA. 4 DE FEBRERO 2011).
§2.- Límites a la resolución por el juez ante el trámite de juicio ab reviado: imposibilidad
de aplicar agravantes no pautas en el acuerdo.
“Entiendo que no corresponde que me expida respecto de los agravantes, dado a que ello no formó parte del
acuerdo, como así lo dispuesto por el art. 371 del CPPP 4to. Párrafo según ley 13.260. De todos modos, dichas
pautas han debido ser tenidas en cuenta implícitamente por la Srta. Fiscal al dosificar la sanción pactada.
(TRIBUNAL EN LO CRIMINAL NRO. 1, CAUSA 1200/08, CAR ATULADA: “RAYA, DIEGO JAVIER S/ ABUSO SEXUAL
SIMPLE”, RTA. 2 DE JUNIO 2009).
§3.- Necesidad de que los indicios probatorios sean múltiples, coincidentes y unívocos.

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