Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 16 de Febrero de 2017, expediente CAF 040378/2013/CA002 - CA001
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA I Causa nº 40378/2013 “Trainment Seguros SA c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo”
Buenos Aires, 16 de febrero de 2017.-RR Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que la Sala A del Tribunal Fiscal en el pronunciamiento del 14 de agosto de 2009 obrante a fs. 193/194, resolvió: i) tener a la firma actora por desistida parcialmente de la acción y del derecho —incluso el de repetición—, con costas; ii) condonar los intereses correspondientes y la multa aplicada en los términos de los artículos 4 y 7 de la ley 26.476, con costas en el orden causado; y iii) regular los honorarios de la letrada interviniente por el Fisco Nacional.
Contra la distribución de costas relativa a la condonación, el organismo fiscal interpuso recurso de apelación a fs. 198 y expresó agravios a fs. 199/204, no replicados. Asimismo, tanto la actora (fs. 195) como la demandada (fs. 197) se alzaron contra la regulación de honorarios por considerarlos “altos” y “bajos”, respectivamente.
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Que, a su vez, obra el pronunciamiento de fs. 281/287 por el cual el tribunal de origen examinó la cuestión de fondo debatida y resolvió: i) rechazar las defensas de nulidad opuestas por la actora, con costas; y ii) confirmar la resolución dictada por el Fisco Nacional el 20 de diciembre de 2007, en cuanto determinó de oficio el impuesto a las ganancias (período fiscal 2002), con costas en el orden causado.
Disconforme con la distribución de las costas relativa al fondo del litigio, la demandada interpuso recurso de apelación a fs. 297 y expresó agravios a fs. 299/302, replicados a fs. 326/328.
Cabe destacar que la actora si bien había apelado ese pronunciamiento a fs. 305, el tribunal de origen por resolución de fs. 343 —y en cumplimiento del 1 Fecha de firma: 16/02/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #15963939#170439412#20170217091159320 mandato efectuado por esta sala a fs. 340— declaró la deserción de su recurso en razón de que el memorial de fs. 312/324 fue presentado en forma extemporánea.
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Que, asimismo, contra la regulación de honorarios dispuesta a fs.
347/vta. a favor de la letrada interviniente por la demandada en función de la defensa de nulidad previa, interpuso recurso de apelación el Fisco Nacional por considerarlos “bajos”.
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Que en cuanto al régimen causídico fijado en el pronunciamiento del 14 de agosto de 2009 (fs. 193/194)...
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