Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 14 de Marzo de 2016, expediente CNT 019143/2013/CA001

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2016
EmisorSALA V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Causa N°: 19143/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 48583 CAUSA Nº 19.143/2013 - SALA VII - JUZGADO Nº 15 En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de marzo de 2016, para dictar sentencia en los autos : “TORRES TEXERA G.H. Y OTRO C/ FUENTES APAZA JAVIER S/ DESPIDO”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presentan los actores e inician demanda contra J.F.A. en procura del cobro de unas sumas a las que se consideran acreedores, con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    En líneas generales y con los detalles individuales de cada uno de ellos, aducen que se desempeñaron en relación de dependencia con el demandado que se dedica a la fabricación y venta de sushi en distintas sucursales de Palermo, Microcentro y F..

    Ambos realizaban tareas de reparto con motos de su propiedad.-

    Explican las características y condiciones en que se desarrolló el vínculo así

    como también las irregularidades e incumplimientos en que incurriera su empleadora, lo que motivara sus constantes reclamos, los que, no habiendo sido oídos, epilogaron en la desvinculación de ambos por despido indirecto.-

    Vienen a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    En su responde la demandada opone excepción de falta de legitimación pasiva en tanto sostiene que jamás explotó actividad comercial en los términos que se indican en la demanda, de modo que desconoce el vínculo laboral invocado por los actores, por lo que pide el rechazo de la demanda.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 97/99, en la que la “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones de los actores.-

    Ello motiva el recurso de la parte demandada que a continuación analizaré

    (fs. 100/102).-

  2. En líneas generales la apelante cuestiona la eficacia probatoria que la sentenciante le ha reconocido a las declaraciones de los testigos, para tener por ciertos los extremos invocados por los actores.-

    A mi juicio la exposición que realiza la demandada, lejos está de desvirtuar las conclusiones a las que ha arribado la “a-quo”.-

    En efecto, comparto la valoración que se ha realizado en la sentencia de los dichos de G.S...

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