Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 28 de Octubre de 2020, expediente CNT 025039/2012/CA001 - CA002

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V

Expte. Nº CNT 25.039/2012/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 48.977

AUTOS: “TORRES M.E. c/ EGESAC S.A. Y OTRO s/ ACCIDENTE –

ACCION CIVIL” (JUZGADO Nº 77).

Buenos Aires, 28 de OCTUBRE de 2020.

VISTO:

Los recursos de apelación interpuestos por Federación Patronal Seguros S.A.

contra los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora en la etapa de ejecución a fs. 940, por estimarlos elevados (concedido a fs. 944) y a fs. 941

por la parte actora por considerarlos reducidos (concedido a fs. 942).

Y CONSIDERANDO:

I) En tanto el Dr. J.M.J.B. no se presenta por derecho propio sino como letrados de la parte actora (ver escrito de apelación fs. 941) y puesto que dicha parte carece de interés recursivo para apelar la regulación de honorarios efectuada a su representación letrada por considerarla baja, el recurso debe declararse mal concedido.

II) Respecto de la apelación de honorarios interpuesta por Federación Patronal Seguros S.A., teniendo en cuenta la extensión, complejidad y calidad de las tareas de ejecución realizadas por la letrada apoderada de la perte actora (detalladas a fs. 939/vta.)

el monto comprometido así como también las pautas arancelarias utilizadas en origen;

los honorarios apelados no resultan elevados y, en consecuencia, se...

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