Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 15 de Octubre de 2020, expediente CCF 004909/2020/CA001

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2020
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 4.909/2020/CA1 “T.B.G. c/ SIMECO Consejo Profesional Ciencias Económicas de CABA s/ amparo de salud”. Juzgado n° 3.

Secretaría n° 6.

Buenos Aires, 15 de octubre de 2019.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la actora el 7 de septiembre de 2020, contra la resolución del 4 de septiembre del corriente, y oído el Sr. Fiscal de Cámara el 15 de septiembre de 2020; y CONSIDERANDO:

  1. La parte actora promovió la presente acción de amparo -con medida cautelar- contra Sistema Médico del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SIMECO) a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución CD n° 5/2020 que deroga la Resolución CD 32/2013 –emanada del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA, quien es el administrador de la demandada- y se le ordene dejar sin efecto los aumentos aplicados a su cuota de afiliación, (ver escrito de demanda iniciada el 26 de agosto de 2020.).

    El señor Juez titular del Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 3, se declaró incompetente para entender las presente y ordenó la remisión de la causa a la Justicia en lo Contencioso Administrativo y T. de la CABA.

    Contra dicha resolución, la accionante interpuso recurso de apelación y alega -básicamente- que es competente el juez en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal, atento que la norma que regula la actividad de la empresa demandada es la ley 26.682, de naturaleza federal.

  2. Cabe señalar que le asiste razón a la parte actora en cuanto a que debe ser competente para entender en las presentes actuaciones el juez federal en lo civil y comercial. En efecto, y conforme lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Cámara (a cuyos fundamentos cabe remitirse) se debe destacar que, la cuestión debatida en autos se vincula con la aplicación e interpretación de normas y reglamentos concernientes a la estructura del sistema de...

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