Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 24 de Septiembre de 1996, expediente C 63363

PonenteJuez NEGRI (SD)
PresidenteNegri-San Martín-Laborde-Pisano-Salas
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a veinticuatro de setiembre de mil novecientos noventa y seis, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores N., S.M., L., P., S., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa Ac. 63.363, "T., A.M. contra Sieira, J.. Acción declarativa".

A N T E C E D E N T E S

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5 del Departamento Judicial de Mar del Plata hizo lugar a la demanda; declaró válido el acogimiento a la opción formulada en el contrato de locación; estableció la vigencia de un nuevo período locativo y fijó los valores mensuales.

La Sala I de la Cámara Primera de Apelación departamental revoca dicha resolución y desestima la acción meramente declarativa.

Se interpuso, por la actora y su garante, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de dictar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor N. dijo:

  1. La Cámara revoca lo resuelto en la instancia anterior por entender que no se trataba de una sentencia meramente declarativa en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial, sino de una sentencia de condena contra el accionado por cumplimiento de contrato y que la cláusula segunda del mismo no otorga opción de renovación por un nuevo plazo igual al anterior por carecer de los elementos esenciales: precio y cláusulas (plazo, etc.).

  2. Contra dicha resolución interponen la actora y su garante contractual recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley denunciando absurda interpretación de los arts. 1149 y sgtes., 1197 del Código Civil y de la cláusula segunda del contrato de locación; falta de aplicación de la doctrina del "acto propio", de la de la culpa in contrahendo o precontractual, del art. 915 del Código Civil y finalmente, falsa interpretación de la sentencia de primera instancia y de la doctrina legal por citar doctrina y jurisprudencia que no lo favorecen.

    Todos sus argumentos están orientados a demostrar 1) que bastaba sólo la aceptación por parte de la locataria para que se produzca la renovación automática y 2) exaltar lo...

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