Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 17 de Abril de 2018, expediente CNT 085780/2016/CA001

Fecha de Resolución17 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 85780/2016 - TORREIRO, J.I. c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES s/JUICIO SUMARISIMO Buenos Aires, 17 de abril de 2018.

El Dr. R.C.P. dijo:

  1. Que, llegan las presentes actuaciones a esta Alzada para el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 25/27, respecto del pronunciamiento de fs. 22, mediante el cual la Sra. Juez de la instancia anterior desestimó la medida cautelar solicitada.

    Que, a fs. 91 dictaminó el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo quien se remitió a lo expresado a fs. 89/90.

  2. Que, el actor interpone demanda, en el marco de un proceso sumarísimo, a fin de que se declare la nulidad del despido dispuesto por la demandada y su reinstalación efectiva, con más los salarios caídos y demás daños y perjuicios que detalla, con fundamento en lo dispuesto por las disposiciones constitucionales e internacionales que detalla y la ley 23.592, por considerar discriminatorio por razones políticas el despido dispuesto a su respecto, de conformidad con los hechos que reseña. Plantea –a todo evento- la inconstitucionalidad del art. 6 del Dec 2741/91 y la nulidad del art. 26 del CCT 305/98. Por último, en el marco de la mencionada acción, solicita como “medida cautelar” se disponga inaudita parte la reinstalación en el puesto de trabajo, absteniéndose la demandada de introducir modificaciones en las modalidades de prestación de servicios (ver fs.

    10vta.).

    Fecha de firma: 17/04/2018 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #28986158#203875425#20180417101203496 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Que, la actora en su escrito de inicio invoca –entre otras circunstancias-, que ingresó a la demandada en la fecha, categoría y jornada que detalla; que aprobó el curso para pasar a integrar la planta permanente y que, posteriormente, y como consecuencia de su activa participación política en un partido opositor a la gestión del organismo demandado, sufrió

    primero el ejercicio abusivo de ius variandi que describe y, luego, fue despedido (según relato efectuado en el escrito de inicio).

  3. Que, sentado ello y analizadas las constancias obrantes en la causa -sumariamente ponderadas en atención a la índole de la presente- y teniendo...

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