Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 6 de Julio de 2018, expediente CIV 050460/2001/CA007

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 50460/2001 TORNESE EVA LILIANA s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, 5 de julio de 2018.- MP AUTOS Y VISTOS:

La resolución de fs. 1192, pto. II, que fijó los honorarios de la curadora definitiva por la labor realizada desde la última regulación de fs. 1110 fue apelada por la interesada, y a fs. 1199 por la Defensora de Menores e Incapaces. Los fundamentos de fs.1216/8 fueron contestados a fs. 1221.

  1. El art. 138 del Código Civil y Comercial dispone que la curatela se rige por las reglas de la tutela y que la principal función del curador es la de cuidar a la persona y los bienes de la persona incapaz.

El art. 128 del citado cuerpo legal prescribe que el tutor tiene derecho a la retribución que se fije judicialmente teniendo en cuenta la importancia de los bienes del tutelado, el trabajo que ha demandado su administración en cada período y que la remuneración única no puede exceder la décima parte de los frutos líquidos de los bienes.

Por lo expuesto y considerando las tareas efectuadas por la curadora definitiva en favor de E.L.T., teniendo en cuenta la rendición de cuentas obrante a fs. 1175/77 –por el período comprendido entre septiembre de 2015 y julio de 2017-, la que fue aprobada a fs. 1185, pto. I-, apreciando además la calidad y eficacia de la labor desarrollada por aquélla, las pautas de los artículos citados precedentemente, y teniendo además en cuenta lo previsto en el art. 19 de la ley 27.423, los honorarios regulados a la Dra. S.M.F. de firma: 06/07/2018 Firmado por: P.M.G. -P.E.C. -F.P.S. #14535273#210240826#20180704121141504 M. resultan equitativos, por lo que se los confirma en $25.000 que representan 40,06 U.M.A.

Regístrese, notifíquese, a la Sra. Defensora de Menores e Incapaces de Cámara y oportunamente devuélvase.

Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se...

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