Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 1 de Agosto de 2013, expediente 13.365

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2013
EmisorSala 4

CAUSA Nro. 13365 -SALA IV-

TORDAY, M. s/recurso de casación

Cámara Federal de Casación Penal REGISTRO NRO. 1381.13.4

Buenos Aires, 1 de agosto de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N.. 13365 del Registro de este Tribunal, caratulada: “TORDAY, M. s/recurso de casación”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 361/370vta. por la Defensora Pública Oficial, doctora G.L.G.,

asistiendo a M.T., contra la resolución de fs.

282/298vta. (Reg. N.. 1613/12), en cuanto resolvió: RECHAZAR

PARCIALMENTE el recurso de casación interpuesto a fs. 240/255

por la defensa, en lo referido al agravio vinculado a la fundamentación del monto de pena impuesto en la condena dictada respecto de TORDAY. Ello en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Y CONSIDERANDO:

Que como reiteradamente lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre.

El recurrente ha basado la impugnación en la reedición de agravios que han tenido adecuada respuesta en esta instancia y en meros juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal que invoca (Fallos 295:335; 300:443; 302:561; 303:2012, entre otros).

No cabe hacer excepción del principio rector evocado porque se echó mano de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto, en atención al carácter restrictivo de la admisión de dicha doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual la defensa no ha conseguido acreditar en autos.

Por ello, oído que fue el F. General ante esta...

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