Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 22 de Septiembre de 2022, expediente CCF 003058/2021/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 3.058/2021/CA1 “TIEMPO DE SER FELIZ S.R.L. c/

FACEBOOK ARGENTINA S.R.L. Y OTRO s/ ACCIÓN

PREVENTIVA DE DAÑOS”. Juzgado 9, Secretaría 17.

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2022.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto en subsidio por Facebook Argentina S.R.L. el 6 de octubre de 2021, contra la resolución del 16 de julio de 2021, cuyo traslado fue contestado por la actora el 21 de octubre de 2021, y CONSIDERANDO:

  1. El 16 de julio de 2021 la a quo hizo lugar parcialmente a la medida preliminar entablada por M.F.V. y O.V.P., en el marco de la acción autosatisfactiva planteada en los términos del art. 1710 y cc., CCivCom.

    En esa línea de ideas, en atención a la denuncia concretada por las interesadas (quienes diligencian el jardín de infantes “Tiempo de Ser Feliz”) en torno a la presuntas calumnias e injurias posteadas por autores anónimos en el perfil @recomendaciones de jardines y colegios, la magistrada dispuso que Facebook Argentina SRL informe: i) la IP de conexión, dirección de cuenta mail denunciada y asociada al perfil @recomendaciones de jardines y colegios, nombre y apellido del creador o creadora, fecha de creación de la cuentas; y ii) la IP desde donde fueron efectuados los posteos y publicaciones en el perfil denunciado y si los mismos coinciden con la IP de creación de los mismos.

  2. Notificada que fue de dicha resolución, la accionada Facebook Argentina S.R.L. interpuso recurso de apelación.

    En sus quejas señala que: i) carece de legitimación pasiva respecto de la medida cuyo cumplimiento se pretende, ya que la sociedad legalmente capacitada para operar o administrar el servicio de Facebook es Facebook Inc (hoy Meta Platforms Inc), ii) la medida preliminar es de imposible cumplimiento en tanto omite identificar los URLs de las publicaciones específicas cuya información se requiere y, iii) el auto atacado podría comprometer el derecho a la libertad de expresión, toda vez Fecha de firma: 22/09/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    que, según refiere la actora, el contenido del cual se agravia refiere a cuestiones de eminente interés público, al versar sobre la denuncia penal que habría sido realizada por la madre de un menor contra una maestra de la institución “Tiempo de ser feliz”, por una acusación de abuso sexual.

  3. A fin de encuadrar...

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