Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 1 de Julio de 2016, expediente CCF 005464/2010/CA001

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 5464/2010 T.S.C. Y OTRO c/ BANCO SOCIETE GENERALE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO En Buenos Aires, al primer día del mes de julio de 2016, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la Sala II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dijo:

I.-C.M.T., por derecho propio, S.T. y A.L.D.C. por derecho propio y en su carácter de sucesoras de L.T. iniciaron demanda contra el Banco Societé Génerale a fin de que se ordene la restitución de las sumas depositadas las que fueron pesificadas en virtud de las normas del “corralito financiero”.

  1. Relatan que el 27 de diciembre de 2001 C.M.T. libró un cheque a su nombre en dólares estadounidenses por la suma de U$S 90.000 para ser depositados en una cuenta en dólares en el BNP Paribas.

    Señalan que el oficial de cuentas del Banco Societé hizo replicar la firma al dorso del instrumento y por esa deficiencia el cheque fue rechazado por el banco depositario por considerarlo intransferible.

    Debido a dicha circunstancia el mencionado valor no pudo ser depositado siendo alcanzado por el art. 2 del Decreto 214/02. Por ese motivo el Banco Societé Génerale ofreció abonar el monto total del cheque al tipo de cambio fijado por la normativa de emergencia lo que arrojo la suma de $

    126.000.

    Sin perjuicio de ello, el banco, en vez de librar un cheque a nombre de C.T. lo hizo a nombre de L.T., quien con fecha 11 de marzo de 2002 compró en el mercado libre de valores la suma de U$S 50.806 dejando de percibir por ese motivo la suma de U$S 39.194.

    Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: RICARDO

  2. GUARINONI - ALFREDO S. GUSMAN , #16056435#156756728#20160704121034840 Agrega que el día 28 de enero de 2002 remitió una carta documento al Banco Societé haciendo expresa reserva de todos los derechos y planteando la inconstitucionalidad de la normativa pesificadora.

    Asimismo detallan las enfermedades e intervenciones quirúrgicas de L.T. en años anteriores.

  3. A fs. 107/116 contestó demanda el Banco Supervielle S.A.

    (antes denominado Banco Societé Génerale S.A.), negando todos y cada uno de los hechos invocados por el actor que no fueren expresamente reconocidos por su parte.

  4. El señor J. de primera instancia, en su pronunciamiento de fs. 178/181 rechazó la demanda, imponiendo las costas en el orden causado.

    Para así decidir, el a quo sostuvo que no se acreditó la reserva invocada por las actoras, obrando en autos únicamente una copia de la carta documento remitida a la entidad bancaria, como así tampoco consideró como suficientes las enfermedades invocadas en relación al S.L.T. para ampararlo en los supuestos de excepción de la Ley 25.587, no existiendo en autos prueba válida alguna que acredite la existencia de las mismas.

  5. La referida sentencia suscitó el recurso de las actoras a fs. 183, quienes expresaron agravios a fs. 191/194, replicados por la contraria a fs.

    202/206.

    Se...

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