TGLT S.A.

Fecha de disposición16 Marzo 2018
Fecha de publicación16 Marzo 2018

TGLT S.A.

TGLT S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE OBLIGACIONISTAS Obligaciones Negociables Subordinadas Convertibles en Acciones Vencimiento 2027 (CUSIP Nos. 87243M AB1; P9144M AL6; 87243M AA3 / ISINs US87243MAB19; USP9144MAL65; US87243MAA36). Convócase a los tenedores de obligaciones negociables subordinadas con vertibles en acciones, emitidas por TGLT S.A. ("TGLT") por un monto de capital total de U$S 150.000.000, con vencimiento en 2027 (las "Obligaciones Convertibles") a asamblea especial de obligacionistas a celebrarse el día 10 de Abril de 2018, a las 10:00 horas (hora de Buenos Aires), en primera convocatoria, o en la misma fecha, a las 11:00 horas (hora de Buenos Aires) en segunda convocatoria, en Raúl Scalabrini Ortiz N° 3333, 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo previsto por el artículo 14 de la Ley 23.576 (la "Asamblea"), a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1º) Designación de dos tenedores para firmar el acta. 2º) Designación de un miembro de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad como Presidente de la Asamblea. 3º) Modificación de la cláusula (10) de la definición de "Endeudamiento Permitido" del Artículo 101 del Indenture, de forma tal que exprese lo siguiente: "Endeudamiento incurrido por la Compañía o cualquier de sus Subsidiarias en relación con el financiamiento, refinanciamiento, afianzamiento y/o garantía de todo o parte del precio de compra, o costo de construcción, desarrollo o mejoramiento, de cualquier bien de la Compañía o cualquier de sus Subsidiarias Materiales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas, o participaciones de un fideicomiso que represente un vehículo especial de inversión (incluyendo el precio de compra de, y costo de adquisición relativo a, materiales, equipamiento y otros bienes requeridos para completar construcciones, desarrollos o mejoramientos y cualquier costo, gasto, interés u honorarios incurridos en relación a ello)"; 4°) Incorporación del siguiente texto como cláusula (12) de la definición de "Endeudamiento Permitido" del Artículo 101 del Indenture: "Endeudamiento incurrido por una Subsidiaria de la Compañía con anterioridad a la fecha en que dicha Subsidiaria se convirtió en Subsidiaria de la Compañía, por cualquier medio que fuere (incluyendo, pero no limitado a, la adquisición de acciones o cuotas de capital por parte de la Compañía o cualquiera de sus Subsidiarias, o a través de una fusión o consolidación con la Compañía o cualquiera de sus...

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