Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 28 de Abril de 2016, expediente CNT 029921/2014/CA001

Fecha de Resolución28 de Abril de 2016
EmisorSALA X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SENT.INT. Nº: EXPTE. Nº: 29.921/2014 (37.315)

JUZGADO Nº: 21 SALA X AUTOS: “TEVEZ ROBERTO CONRADO C/ PLAN AMBO S.A. Y OTROS S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 28 de Abril de 2016 VISTO:

El recurso extraordinario federal deducido por la demandada a fs.

509/529, y que fuera replicado por la contraria a fs. 531/541.

Y CONSIDERANDO:

  1. Dado que, en el caso, no se trata de ninguno de los tres supuestos previstos en el art. 14 de la ley 48, sin que, tampoco, se advierta la arbitrariedad denunciada, por cuanto el recurrente se limita a disentir con la interpretación que ha efectuado este Tribunal con relación a cuestiones de hecho y prueba y de derecho común –no federal- y procesal, resulta evidente que el recurso interpuesto resulta inadmisible, por cuanto los temas involucrados no habilitan la instancia de excepción, conforme la inveterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que por lo conocida y reiterada, se torna innecesario precisar.

  2. A lo expuesto cabe añadir que el recurso de nulidad articulado debe ser desestimado “in límine” toda vez que como se señaló en la sentencia de fs. 503/508, el tercer integrante de la sala no es necesario que vote cuando los dos primeros lo hicieron en forma coincidente tal como lo requiere el artículo 125 de la L.O. .

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Denegar el recurso extraordinario federal deducido a fs. 509/529; 2) Denegar el planteo de nulidad articulado; 3) Imponer las costas del...

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