Terrorismo de Estado y violencia sexual. Su tratamiento en la jurisprudencia Argentina

AutorCamila Calandra
CargoAbogada por la Facultad de Derecho, Unicen
Páginas1-24
Calandra, Camila (2022). Terrorismo de Estado y violencia sexual. Su tratamiento en la jurisprudencia
argentina, Cartapacio de Derecho, Vol. 42, Facultad de Derecho, Un icen,
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TERRORISMO DE ESTADO Y VIOLENCIA
SEXUAL
SU TRATAMIENTO EN LA JURISPRUDENCIA
ARGENTINA
CAMILA, CALANDRA1
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO
1. Introducción
urante los años 1976-1983 tuvo lugar la última dictadura cívico
militar que asoló a nuestro país. La forma en que las mujeres fueron
tratadas durante su secuestro en centros clandestinos de detención y
exterminio (CCDyE) engloba distintas manifestaciones de violencia sexual
ejercida para darle mayor intensidad a la opresión a la que se veían sometidas las
ctimas. Desde la reapertura del juzgamiento de los hechos ocurridos durante
este periodo a la fecha se han dado una gran cantidad de condenas, sin embargo,
pocos son los casos en los que se trata la violencia sexual como un delito de lesa
1 La autora es Abogada por la Facultad de Derecho, Unicen. Maestranda en Justicia
Constitucional y Derechos Humanos (Universidad de Bolonia). Miembro del Centro de
Estudios en Derechos Humanos, Facultad de Derecho (Unicen), Trabaja en Ministerio Público
Fiscal de la Nación.
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Calandra, Camila (2022). Terrorismo de Estado y violencia sexual. Su tratamiento en la jurisprudencia
argentina, Cartapacio de Derecho, Vol. 42, Facultad de Derecho, Un icen,
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humanidad en forma autónoma al delito de tormentos, siendo naturalizada por la
sociedad y la justicia. Los jueces consideraban a las prácticas de violencia sexual
como una forma más de tormentos, invisibilizando de esta manera la gravedad
del sufrimiento de quienes la padecieron.
La situación comenzó a cambiar en el año 2010 cuando el Tribunal Oral Federal
1 de Mar del Plata condenó a Gregorio Rafael Molina a prisión perpetua por la
comisión de distintos crímenes contra 40 víctimas en el centro clandestino “La
Cueva”, en Mar del Plata, entre ellos, dos casos de violencia sexual. Esta fue la
primera ocasión en que un integrante de las Fuerzas Armadas fue condenado por
el delito de violencia sexual, a partir de ello comenzaron a darse otras condenas
de estas características constituyendo un verdadero cambio de paradigma al
respecto. Con base a ello, el presente trabajo analizará, por un lado, cuáles fueron
los estereotipos de género que el terrorismo de Estado hizo suyos e intensificó,
los cuales llevaron a la imposición de un tipo de violencia diferencial a las
mujeres víctimas que incluyó practicas diversas de violencia sexual.
Por otro lado, se abordará el tratamiento que se le dio a la violencia sexual desde
la reapertura de los juicios a la actualidad. Cuál fue el lugar que los operadores
judiciales le dieron a estos hechos, los principales obstáculos a los que debieron
enfrentarse las tres víctimas a la hora de atestiguar sobre lo sucedido y los
cambios de criterios que se fueron gestando a lo largo de los años.
2. Estereotipos de género en el discurso represivo
A la hora de analizar el discurso represivo del terrorismo de Estado afloran una
gran cantidad de estereotipos referidos a qué era “bueno” y qué era “malo”. Estas
ideas responden a qué es lo socialmente respetable en todos los ámbitos de la
vida de las personas. En lo que a las mujeres respecta, el ideal preconcebido se

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