Terrero Cooperativa Limitada de Credito y Vivienda C/ Di Campli Gabriel Gustavo S/ Ejec

Fecha de disposición27 Noviembre 2007
Fecha de publicación27 Noviembre 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31290

Ocupado por los acreedores hipotecarios. BASE:

$ 160.000.- - VENTA AL CONTADO AD CORPUS Y AL MEJOR POSTOR SEÑA: 30% - COMISIÓN: 3% - Arancel Acord.: 10/99: 0,25% Los compradores deberán constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le tengan por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del Código Procesal y depositar el saldo de precio en el Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Tribunales a la orden del Juzgado y en la cuenta de autos, dentro de los cinco días de aprobada la subasta de acuerdo al Cód. Proc., sin necesidad de intimación alguna. En el caso de que por cualquier causa no lo depositaren en autos en el plazo indicado, aunque la demora no les fuera imputable, se les aplicarán los intereses legales conforme operaciones de descuento a treinta días, tasa activa hasta su efectivo pago (Plenario C.N.COM.: 27/10/94, Sociedad Anónima La Razón s/quiebra s/inc. de pago de los profesionales art. 288-)' en forma no acumulativa (Plenario C.N.COM.: 25/08/2003, 'Calle Guevara /fiscal de Cámara/s/revisión de plenario Uzal) y, sin perjuicio de lo dispuesto por el CPr. 580, párr. 2do. y 584. Los compradores a los fines de efectuar la transferencia de dominio del inmueble a subastar podrán optar por la vía prevista expresamente por el art. 1185 del Cód. Civil, cuyo correlato procedimental regula el art. 587 del CPr., y que posibilita alcanzar ese mismo efecto mediante la escritura de protocolización de actuaciones que no es configurativa de una escritura traslativa de dominio, sino de un instrumento que reúne constancias fundamentales del proceso en el que se llevó a cabo la subasta (Disposición Técnico Registral Nº 10/73, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal; Palacio 'Derecho Procesal Civil' T. VII, 656. Deudas: las mismas se dividirán en tres períodos: a) anteriores a la quiebra: las mismas estarán sujetas a verificación, debiendo los organismos peticionantes ocurrir por la vía y forma que corresponda; b) desde el decreto de quiebra y hasta la toma de posesión, éstas estarán a cargo del concurso; y c) a partir de la toma de posesión, corresponderán a los compradores de los inmuebles. Para el caso de existir deudas por expensas, el comprador quedará obligado por aquéllas anteriores a la toma de posesión, en la medida que los fondos ingresados no alcancen para cubrirlos, considerando la existencia de otros acreedores con preferencia o de igual graduación. Admitida la compra en comisión. Visitas: Martes 27 y Miércoles 28 de Noviembre de 15 a 17 hs. consultas por Internet en www.rematescorporación.org (código JLB7007) y por correo electrónico a lopezbasavilbaso@fibertel.com.ar. Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial y en el diario Clarín.

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2007.

Adriana Milovich, secretaria.

e. 22/11/2007 Nº 564.694 v. 28/11/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 8 a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Secretaría No. 16 a mi cargo, sito en la Avda.

Roque Saenz Peña 1211 piso 7º, Capital Federal en los autos caratulados 'BASILIO PARISI S.A. Y CIA. S.A.I.C. s/Quiebra s/INCIDENTE DE VENTA DE INMUEBLE SARMIENTO 3035/39/51' Exp. No.

079891 comunica por tres dias que el martillero Marcelo L. Amaral Paz, con domicilio en la calle Esmeralda 1278 2º piso 'A', de esta Cap. Fed. 4393-8755 rematará el dia Miércoles 5 de Diciembre de 2007 a las 8.30 hs. en punto, en el salón de la Oficina de Subastas Judiciales Tte.

Gral. Peron 1233 Cap. Fed. de conformidad con lo dispuesto por la LC. 203, 204 y cctes. y ampliando el auto de subasta con la inclusión de los bienes muebles y maquinarias para la industria gráfica inventariados en fs. 597/98 y 659/61, entre los que se destacan una Guillotina Polar mod. 92 Base...

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