Teodoro Vilardebo 1847 Caba

Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2009

2.3. AVISOS COMERCIALES ANTERIORES 'C' CERRO CAZADOR S.A.

Por Asamblea Gral. Ordinaria y Extraordinaria del 3.07.09 se resolvió dejar sin efecto la Escisión de la Sociedad que fuera aprobada por los accionistas mediante Asamblea General Extraordinaria del 31.03.09, como así también la constitución de dos nuevas sociedades denominadas Minera La Tobiana S.A. y Minera el Gateado S.A. Asimismo, los accionistas resolvieron desistir de los trámites de la Escisión y de constitución de Minera la Tobiana S.A. y Minera el Gateado S.A. que fueran presentados ante la I.G.J. el 11.06.09 bajo los Nº 2621488,

Reducción $ 4.959.038,51.- Patrimonio Neto posterior a la Reducción: $ 83.384,90.- D) ResolucionesAprobatorias:Reunión de Directorio yAsamblea Extraordinaria deAccionistas del 7 de julio de 2008. E) Oposiciones: podrán formularse en Avda. Leandro N. Alem 928, 7º piso de la ciudad de Buenos Aires, en el horario de 9.30 a 12 y de 14 a 17 horas. Paola Hebe Jelonche, autorizada por acta referida.

Abogada Paola Hebe Jelonche Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

25/8/2009. Tomo: 57. Folio: 929.

e. 10/09/2009 Nº 75803/09 v. 14/09/2009 3. Edictos Judiciales ANTERIORES 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL Nº 51

El Juzgado Nacional Civil Nº 51, comunica a Maria E. Tchtal y Maria Noemí Lorenzatti en el juicio 'Stinziani, Concepción c/Tchtal,

las copias en traslado se encuentran a dispocisión de las interesadas en Secretaria.

Silvia Y. Tanzi, juez. Publíquese dos días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 1 de julio de 2009.

María Lucrecia Serrat, secretaria.

e. 10/09/2009 Nº 75949/09 v. 11/09/2009 Nº 101

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 101, a cargo del Dr. Alejandro C.

Verdaguer, secretaría única a mi cargo, sito en Avda. de Los Inmigrantes 1950 piso 6 de Capital Federal, notifica por este medio al Sr. Maxime Emile o Emile Maxim Saint Patricks Higgins, en los términos del art. 145 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial, la sentencia dictada en los autos 'Inversiones Monte Quemado S.A.

c/Higgins, Emile Maxim Saint Patricks y otro s/ Desalojo por Vencimiento de Contrato' (expte.

Fallo: I.- Haciendo lugar a la demanda y, en consecuencia condenando a Maxime Emite o Emile Maxim Saint Patricks Higgins, y/u ocupantes del inmueble sito en la calle Juana Manso 1580 Boulevard I, departamento 501 de la ciudad de Buenos Aires, de esta Capital Federal, a desalojar el mismo dentro del plazo de diez días, contados a partir de la notificación de la presente, bajo apercibimiento de lanzamiento. II.- Imponiendo las costas a la parte demandada, según lo expresado en los considerandos. III.- Regulando los honorarios del Dr. Fernando Armendáris, letrado de la parte actora, en la suma de pesos quinientos ($ 500).

IV.- Ordenando el registro de la presente, su notificación a las partes y de su dictado al archivo de informática y cuando su estado lo permita, su archivo.- Alejandro C. Verdaguer. Juez'.- El auto que ordena el presente dice: 'Buenos Aires,

Agosto 21 de 2009.- Agréguese. Practíquese por edictos la notificación de la sentencia dictada ordenada a fs. 149, los cuales se...

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