Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 28 de Mayo de 2019, expediente FMZ 022019482/2002/CA001

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B 22019482/2002 TENT, M.F.C.M., 28 de mayo de 2019.

Y VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 22019482/2002/CA1, caratulados: “TENT, MARIA

FRANCISCA c/ PEN s/ A.A.L. 16.986”, venidos del Juzgado Federal de Mendoza

Nº 2, a efectos de resolver el incidente de caducidad del incidente de caducidad de 2º instancia,

interpuesto a fs. 150/151 vta.; Y CONSIDERANDO:

1) Que a fs. 150/151 vta., el apoderado de la demandada solicita se declare la caducidad del

incidente de caducidad de segunda instancia (art. 310, inc. 4°, del C.P.C.C.N.), por entender que no

ha existido actividad de la actora, destinada a impulsar el curso del incidente oportunamente

interpuesto.

Expresa que, desde última actuación útil que fue el decreto de fs. 146, del día 27 de agosto

del 2018, hasta el 12 de octubre del 2018 ha transcurrido más de un mes, expirando el plazo previsto

en el art. 310, inc. 4º del C.P.C.C.N.

2) Corrido el traslado que impone la legislación ritual, la contraria contesta a fs. 154/156 vta.,

y por los argumentos que allí expone, a los cuales nos remitimos en honor a la brevedad, solicita se

rechace la caducidad, con costas.

3) Cumplidos los trámites procesales pertinentes, a fs. 162 se ordena el pase al acuerdo.

Compulsadas las actuaciones, considera esta S. no admisible el planteo de caducidad

impetrado por la demandada, atento las consideraciones que a continuación se exponen.

De las constancias del expediente surge que, a fs. 143 se presenta el Dr. Biondolillo, por la

actora, e interpone incidente de caducidad de segunda instancia contra la apelación vertida

oportunamente por el Dr. Becerra, en representación del Banco Credicoop, contra la sentencia de

primera instancia que luce a fs. 112 y vta.

Fecha de firma: 28/05/2019 Alta en sistema: 21/06/2019 Firmado por: A.R.P., Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: G.E.C. DE DIOS, Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado(ante mi) por: P.O.Q. , SECRETARIO CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MENDOZA #8448666#234911306#20190528153753692 A fs. 146 el tribunal provee tal presentación, ordenando el traslado a la contraria por el

término de ley, en fecha 27 de agosto de 2018.

Acto seguido, el 5 de setiembre de 2018 se presenta cédula destinada a la notificación del

traslado de fs. 146 (fs. 147). El 7 de setiembre de 2018 el oficial notificador devuelve la cédula sin

diligenciar, atento a la falta de las copias para su traslado, (fs. 147 vta.). El 3...

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