Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 20 de Octubre de 2022, expediente CAF 069170/2019/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

69170/2019 “TENENBAUM, T.Y. Y OTROS c/ EN-M HACIENDA

s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”

Buenos Aires, octubre de 2022.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto en subsidio el 30/3/22 por la parte actora contra la providencia del 25/3/22; y,

CONSIDERANDO:

  1. ) Que, el 25/3/22, el señor juez de grado —en lo que aquí interesa — hizo saber a la demandante que debía ingresar la tasa de justicia, de conformidad con lo previsto en los arts. y de la ley 23.898.

  2. ) Que, disconformes —y sin acudir al mecanismo del tercer párrafo del art. 11 de la ley 23.898—, el 30/3/22, los accionantes interpusieron revocatoria con apelación en subsidio.

    En sustancia, se agraviaron de la orden de integrar la mencionada gabela, que importaba la denegación de la concesión del beneficio de la gratuidad previsto por la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, solicitado oportunamente.

    Afirmaron que correspondía su plena aplicación al caso por tratarse de una ley de orden público, conforme lo establecido en su art. 65. Sobre tal base, pidieron que se dejara sin efecto la resolución en crisis y que se proveyera la eximición del pago de la tasa de justicia.

    Por otra parte, y en concordancia con la aplicación de la ley 24.240,

    instaron la asignación del trámite de juicio sumarísimo al proceso, en atención a lo dispuesto en el art. 53 de la norma citada.

    El 4/4/22, el a quo rechazó la revocatoria y concedió la apelación.

  3. ) Que, en primer lugar, cabe recordar que la presente demanda fue promovida contra el Estado Nacional-Ministerio de Economía y Producción y el Banco de la Nación Argentina, a fin de reclamar la entrega de los bonos de títulos públicos (Bonos Externos Serie Global 2019, Bonos de la Deuda Pública Serie Global 2017 y Bonos de la Deuda Pública Serie Global 2019), más los intereses devengados, y/o el dinero en efectivo —en la moneda en que fue invertido— correspondiente a la inversión original de las herederas (en su entonces, menores de edad) ordenada por el juez de primera instancia en los procesos sucesorios de los señores Naum y T., atento al canje compulsivo de los bonos realizado por el Estado al amparo de la ley 26.017.

    Luego, el 18/3/22 los accionantes ampliaron demanda y solicitaron la aplicación de la ley 24.240, por tratarse de una “típica relación de consumo”.

    Fecha de firma: 20/10/2022

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    1

    Señalaron que debían ser considerados como consumidores y...

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