Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 25 de Octubre de 2017, expediente COM 125342/2002

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APLEACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 125342/2002 - TENANCO S.A.C.I.F.I.A. s/QUIEBRA Juzgado N° 9 – Secretaria N° 17 Buenos Aires, 25 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

  1. En caso de quiebra indirecta, en lo que respecta a las tareas inherentes a la etapa concursal, correspondería tomar como pauta regulatoria lo dispuesto en la LCQ 266 para el caso de acuerdo preventivo.

    Sin embargo, la quiebra fue decretada a fs. 1019, antes de que hubiera acuerdo.

    Por ello, corresponde revisar los emolumentos ponderando dicha circunstancia y valorando sólo las etapas efectivamente cumplidas (CNCom. esta S. in re: “Baiter S.A. s/quiebra” del 10.10.96).

  2. En lo que respecta al proceso falencial, el LCQ 267 prescribe que en la quiebra el total de las regulaciones no podrá ser inferior al 4% del activo realizado o a 3 sueldos de secretario de primera instancia, el que sea mayor, fijando también como tope máximo el 12% del activo liquidado.

    En razón de los valores económicos involucrados en este proceso, corresponde regular los honorarios de los profesionales intervinientes con prescindencia de la pauta mínima fundada en el salario del Secretario de Juzgado. Ello así pues la consideración de dicho parámetro lleva a un resultado disvalioso, en tanto no propende a la proporcionalidad entre la justa y equitativa remuneración con el trabajo realizado y el resultado de la liquidación de bienes.

  3. Sobre tales bases y por el proceso concursal, se reducen a Fecha de firma: 25/10/2017 tres mil pesos ($ 3.000) los honorarios del síndico J.L.B., a Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #22285794#190521079#20171025105253974 seiscientos pesos ($ 600) los de su letrado P.H.C. y a dos mil pesos ($ 2.000) los del letrado de la concursada A.O.B..

    Y por el proceso falencial, se reducen a sesenta mil pesos ($

    60.000) los...

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