TELEVISORA PRIVADA DEL OESTE S.A.

Fecha de publicación01 Octubre 2021
SecciónConvocatorias
EmisorTELEVISORA PRIVADA DEL OESTE S.A.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 16, a cargo del Dr. Fernando G. D´Alessandro, Secretaría N° 32 a cargo del Dr. Pedro Manuel Crespo, sito en Callao 635, P.B. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días en el Boletín Oficial a los Señores accionistas de Televisora Privada del Oeste S.A. la convocatoria a Asamblea General Ordinaria a ser celebrada en la calle Marcelo T de Alvear 612, piso 1º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (no es la sede social) el día 18 de octubre de 2021 a las 13 horas en primera convocatoria y a las 14 horas en segunda convocatoria a fin de considerar el siguiente orden del día: 1) Designación de dos accionistas para firmar el acta. 2) Consideración de la gestión desarrollada por los directores Hernán Pablo Vérdaguer, Pablo César Casey, Ignacio Rolando Driollet; Martín Héctor D’Ambrosio, Santiago Salvá, Carlos Alberto Eugenio Bonino, Carlos Ricardo Collasso, en su carácter de directores titulares, y de Jorge Carlos Rendo, Sergio Fabián Borelli y Luciano Dellepiane en su carácter de directores suplentes, por los ejercicios económicos finalizados entre los años 2006 y hasta la fecha de la Asamblea. 3) Consideración de la Remuneración de los Sres. Directores Hernán Pablo Verdaguer, Pablo César Casey, Ignacio Rolando Driollet; Martín Héctor D’Ambrosio, Santiago Salvá, Carlos Alberto Eugenio Bonino, Carlos Ricardo Collasso, en su carácter de directores titulares, y de Jorge Carlos Rendo, Sergio Fabián Borelli y Luciano Dellepiane en su carácter de directores suplentes, por los ejercicios económicos finalizados entre los años 2006 y hasta la fecha de la Asamblea. Fernando G. D´Alessandro. Juez. Nota: 1) Los accionistas deberán comunicar asistencia hasta el día 12 de octubre de 2021 de 10 hrs a 18 horas en la calle Marcelo T. de Alvear 612, 1º piso (no es la sede social). 2) En los términos de lo dispuesto en la Resolución General 11 de la Inspección General de Justicia que, en caso que el Poder Ejecutivo Nacional prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general como consecuencia del estado de emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus eventuales prórrogas, a fin de...

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