Telefonica Moviles Argentina S.A.

Fecha de disposición17 Noviembre 2009
Fecha de publicación17 Noviembre 2009
SecciónTercera Sección - Contrataciones
Número de Gaceta31782

La cesión de los créditos al fideicomiso financiero no implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas entreTarjeta Naranja S.A.y los deudores cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el fideicomiso financiero, representado en la persona del fiduciario, sin perjuicio de lo cual los deudores cedidos podrán continuar efectuando los pagos debidos bajo los créditos en los lugares habituales de pago.El listado de créditos cedidos ha sido presentado en el expediente antes referido.Firmado Sebastián Juan Pujato.Apoderado en virtud de poder otorgado por escritura Nº 131 del 16 de octubre de 2007, folio 553 del Registro Notarial 733 de la Ciudad de Córdoba.Ciudad de Buenos Aires, 11 de noviembre de 2009.

Director Sebastián Pujato Certificación emitida por: Martín Donovan. Nº Registro: 1296. Nº Matrícula: 2349. Fecha: 11/11/2009.

Nº Acta: 147. Nº Libro: 320.

e. 17/11/2009 Nº 106851/09 v. 18/11/2009 TARJETA NARANJA S.A.

Cesión Fiduciaria de Créditos.

Se hace saber que el Directorio de la sociedad en su reunión del día 26 de diciembre de 2007 ha resuelto ceder fiduciariamente créditos originados por el uso de tarjetas de crédito 'Tarjeta Naranja' a favor de Equity Trust Company (Argentina) S.A. como fiduciario del Fideicomiso Financiero 'Tarjeta Naranja Trust VII' y no a título personal, emisor de a) valores representativos de deuda cuya oferta pública fuera aprobada por la Comisión Nacional de Valores mediante Despacho de la Gerencia de Productos de inversión colectiva del 19 de marzo de 2008 en el expediente Nº 38/2008; y b) certificados de participación, los cuales no cuentan con oferta pública, según contrato de fideicomiso financiero suscripto el 19 de febrero de 2008 y su Adenda del 25 de marzo de 2008. La cesión que aquí se notifica refiere a los créditos especialmente indicados en los discos compactos incluidos en el Anexo I del contrato de cesión celebrado con fecha 11 de noviembre de 2009 entre el fiduciario, el fiduciante y el administrador.La presente importa notificación en los términos del artículo 1467 del Código Civil. La cesión de los créditos al fideicomiso financiero no implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas entre Tarjeta Naranja S.A. y los deudores cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el fideicomiso financiero...

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