Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 12 de Agosto de 2020, expediente CAF 072466/2017/CA001
Fecha de Resolución | 12 de Agosto de 2020 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA III
72466/2017
TELECOM PERSONAL SA c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL -
LEY 22802 - ART 22
Buenos Aires, de agosto de 2020. MST
Y VISTOS;
El acuse de caducidad de instancia formulado, a fs.
204/206, por la parte demandada, que no fue replicado (conf. fs. 227).
Y;
CONSIDERANDO:
-
Que, por presentación de fecha 30 de diciembre de 2019, la parte demandada solicita se declare la caducidad de instancia y, al efecto, señala que, el 4 de octubre de 2018, se ordenó sustanciar el recurso directo interpuesto en autos y que, por providencia dictada el 13 de febrero de 2019, se dispuso estar a dicho traslado, sin que se registrara acto impulsorio alguno desde dicho despacho (confr. fs.
204/206).
-
Que, a fs. 207, se ordenó correr traslado a la parte actora del planteo de caducidad, el que no fue contestado (conf. fs.
227).
-
Que, preliminarmente, corresponde poner de resalto las siguientes constancias que surgen de la compulsa de autos:
que, por pronunciamiento dictado el 4 de octubre de 2018, esta S. –
en cuanto aquí concierne- declaró la admisibilidad formal del recurso de apelación directa interpuesto por Telecom Personal S.A. contra la Disposición D.N.C.
-
nro. 386/2017 y ordenó correr traslado a la contraria, por el término de treinta días, respecto del recurso de apelación de fs. 105/110 de las actuaciones administrativas S01:0137033/2014, mediante oficio consignando que su confección,
suscripción y diligenciamiento quedaban a cargo del recurrente (confr.
Fecha de firma: 12/08/2020
Alta en sistema: 13/08/2020
Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA
fs. 49/50); que la mencionada resolución fue notificada a la parte actora en fecha 5 de octubre de 2018 (confr. fs. 51); que, por providencia dictada el 13 de febrero de 2019, se tuvieron por recibidas las actuaciones provenientes de la Oficina de Asignación de Causas del Fuero –remitidas el 4 de febrero de ese año- y se ordenó estar al traslado dispuesto a fs. 50 (confr. fs. 200); que, por escrito de fecha 7
de agosto de 2019, la parte actora formuló una autorización en los términos del art. 134 del Código Procesal (confr. fs. 201 y fs. 202);
que, el 30 de diciembre de 2019, se presentó la parte demandada y acusó la caducidad de instancia (confr. fs. 203/206); que, por escrito de fecha 11 de marzo de 2020, la parte actora...
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