TELECOM PERSONAL SA c/ CNC Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Fecha22 Septiembre 2016
Número de expedienteCAF 048821/2013/CA001 - CA002
Número de registro162619401

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V CAF 48821/2013/CA1 “TELECOM PERSONAL SA c/

CNC Y OTRO s/ MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)”

Buenos Aires, de septiembre de 2016.- JMC Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 99/100 esta S. concedió la medida cautelar solicitada por Telecom Personal SA, suspendiendo así los efectos de la Ordenanza Municipal Nº 17.130 hasta tanto quede firme la actuación administrativa que tiene bajo análisis las denuncias efectuadas por la actora con fecha 31/10/2013; ello bajo caución juratoria.

    Dicha medida fue notificada a la Municipalidad de la Ciudad de Bahía Blanca el 28/08/2014 (v. fs. 119/120).

  2. Que a fojas 138 el Tribunal de grado dispuso intimar a la actora a fin de que manifieste si había interpuesto una demanda con arreglo a la medida cautelar trabada en autos (cfr. art. 207 del CPCCN).

    Dicho requerimiento fue contestado por la actora a fojas 140, sin denunciar la interposición de la demanda principal.

  3. Que a fojas 143/144 la jueza de grado resolvió

    declarar la caducidad de la medida cautelar dictada en autos con fecha 05/08/2014.

    Para así decidir, la jueza a quo sostuvo que, conforme lo normado en el artículo 207 del CPCCN, el plazo de diez días previsto para la interposición de la demanda principal se encontraba holgadamente vencido toda vez que había transcurrido más de un año y medio desde la traba de la medida sin que se haya promovido el proceso principal.

  4. Que contra dicha decisión, a fojas 146, la...

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