Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 31 de Mayo de 2016, expediente CCF 012859/2007/CA001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N° 12.859/2007 –S.I.– TEJERINA OSCAR ALFREDO C/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE JUSTICIA POLICIA FEDERAL S/ ACCIDENTE EN EL AMBITO MILITAR Y FUERZAS DE SEGURIDAD.

Juzgado n° 5 Secretaría n° 10 En Buenos Aires, a los 31 días del mes de mayo de 2016, se reúnen en Acuerdo los señores Jueces de la Sala I de esta Cámara para dictar sentencia en los autos mencionados en el epígrafe, y de conformidad con el orden del sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dijo:

I.-O.A.T. promovió demanda contra el Estado Nacional –

Ministerio del Interior– Policía Federal Argentina, persiguiendo el cobro de la suma de $ 904.560 con más sus intereses y costas.

Relató que el 19.07.2006 se encontraba prestando servicios en la categoría laboral de Agente, en la Comisaría 9na., sita en la calle B. 471 de esta ciudad. Señaló que al encontrarse en el vestuario de dicha dependencia dándose una ducha antes de ingresar al servicio de restaurante a las 20.00 hs., imprevistamente y debido a lo resbaloso del piso, cayó poniendo las manos para amortiguar el golpe, las que soportaron su peso de 130 kilos, resultando lesionadas.

Como consecuencia del hecho y dado que sus manos comenzaron a ponerse negras e hinchadas fue atendido en el Complejo Médico Policial Churruca Visca. Luego comenzó a tratarse por un especialista, el doctor A., quien le comentó que debía intervenir quirúrgicamente ambas manos. Señaló que al momento de presentar esta demanda se encontraba con licencia dado que la demandada no quería reintegrarlo al servicio por la lesión y la incapacidad que presentaba. Manifestó que posee traumatismo de ambas manos, con dolor y bloqueos y síndrome de túnel carpiano bilateral.

Alegó sobre la responsabilidad que entiende le corresponde a la demandada y afirmó que los daños derivados del accidente fueron “en servicio”.

Practicó liquidación, reclamando la suma total de $ 904.560 ($ 300.000 por daño físico-

incapacidad; $ 80.000 por pérdida de chance de asistencia futura familiar; $ 200.000 por lucro cesante; $100.000 por pérdida de chance en la carrera policial; $ 15.000 por la pérdida de calidad de vida; $ 20.000 por daño sociológico; $ 25.000 por daño psicológico; $ 4.800 por tratamiento físico kinésico; $ 150.000 por daño moral y $

4.000 por gastos tales como traslados, comidas, remis, taxis y medicamentos).

Fecha de firma: 31/05/2016 Firmado por: NAJURIETA- GUARINONI, #16001050#134720137#20160531142243603

  1. A fs. 75/79 contestó la demanda el Estado Nacional – Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina, negando todos y cada uno de los hechos invocados por el actor que no fueren expresamente reconocidos por su parte.

    Asimismo, manifestó que no es posible imputarle a su parte las lesiones y secuelas que dice padecer el actor por cuanto no surge que el daño se produjo por incumplimiento o negligencia de la institución de las obligaciones a su cargo. Por el contrario, señaló que la negligencia del actor ocasionó las lesiones que dice padecer, motivo por el cual no se encuentra configurado el requisito de causalidad adecuada para atribuirle responsabilidad al Estado Nacional.

  2. El señor J. de primera instancia, en su pronunciamiento de fs.

    377/381 vta., hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al Estado Nacional –

    Policía Federal Argentina- a pagar, a O.A.T. la suma total de $ 60.000, con más los intereses expuestos en el considerando

  3. Las costas fueron impuestas en un 70 % a...

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