Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 23 de Octubre de 2019, expediente CNT 060728/2015/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 48476 SALA VI Expte Nº CNT 60728/2015 (JUZG. NRO. 33)

Autos: “TAYLOR MATIAS C/NEEDISH S.R.L. S/DESPIDO“

Buenos Aires, 23 de octubre de 2019 VISTOS:

La parte demandada apela los honorarios del perito contador, por considerarlos elevados (fs. 186).

CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.586 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

L.A.R. JUEZ DE CAMARA Fecha de firma: 23/10/2019 Alta en sistema: 24/10/2019 Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA...

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