Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 13 de Diciembre de 2019, expediente COM 023090/2019

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial JMB.

J.. 10 - Sec. 20.

23.090/2019

TAXPAY CVOLLECT S.R.L. c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES s/ AMPARO

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2019.-

Y VISTOS:

  1. ) Apeló la accionante el pronunciamiento dictado a fs. 21/22 en donde el juez de grado desestimó su pedido de dictar una medida cautelar tendiente a ordenar al Banco de la Provincia de Buenos Aires que mantenga abierta la cuenta bancaria de titularidad de la actora y que es objeto de esta acción de amparo.

    Los fundamentos obran desarrollados a fs. 23/7.-

  2. ) En autos se presentó TaxPay Collect SRL promoviendo acción de amparo tendiente a evitar el inminente e intempestivo cierre de la cuenta bancaria en pesos N° 54066/5 de la sucursal N° 5026 del Banco de la Provincia de Buenos Aires,

    que es de su titularidad.

    Señaló que era una sociedad que tiene por objeto principal el pago y/o cobro por cuenta y orden de terceros de diferentes servicios o impuestos, a cuyo fin tiene la cuenta corriente objeto de este proceso.

    Relató que, hasta pocos días antes de la promoción de la acción, tenía también una cuenta abierta en BBVA Banco Frances, habiendo recibido en agosto de este año la comunicación de dicha entidad de su decisión de cerrar Fecha de firma: 13/12/2019

    Alta en sistema: 18/02/2020

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA

    intempestivamente la cuenta, desconociendo los motivos de ello. Manifestó que,

    anteriormente tuvo una serie de dificultades con la entidad, por no haberse acreditado sumas de dinero por operaciones con posnet , por cheques depositados en dicha cuenta, no devolución de cheques físicos, etc, y que pese a los reclamos efectuados no obtuvo una respuesta favorable.

    Continuó señalando que días después de la notificación del BBVA

    Banco Frances SA, tomó circunstancial conocimiento de que el Banco de la Provincia de Buenos Aires a tenor de un informe emitido por la otra entidad bancaria, tomaría la decisión de proceder al cierre de la cuenta bancaria abierta en dicha institución.

    Postuló que dicho efecto dominó resultaba perjudicial para la accionante, atento su necesidad de operar a través de cuentas bancarias.

    Solicitó, así, el dictado de una medida cautelar tendiente a ordenar al Banco de la Provincia de Buenos Aires que se abstenga de proceder al cierre de la cuenta corriente de su titularidad.

  3. ) En la resolución apelada, el juez de grado señaló que no se encontraban acreditados los extremos para el dictado de la medida pues no se había acompañado documentación alguna que permitiera avalar sus dichos en cuanto a la intención del Banco de la Provincia de Buenos Aires de cerrar la cuenta corriente de su titularidad. Añadió que...

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