Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 1 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita76/16
Número de SAIJ16090050
Número de CUIJ21 - 510343 - 3

TAURASI, S.A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS TAURASI, SILVINA ANA S/ COLEGIO DE CORREDORES INMOBILIARIOS -RECHAZO DE INSCRIPCION EN LA MATRICULA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 76/16 Nº Saij: 16090050 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 267 Pág. de inicio: 164 Pág. de fin: 166 Fecha del fallo: 01/03/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > CORREDOR INMOBILIARIO Tesauro > CORREDOR INMOBILIARIO > MATRICULA. I.T. > CORRETAJE INMOBILIARIO CONSTITUCIONAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. CORREDOR INMOBILIARIO. MATRICULA. INSCRIPCION La presente queja no ha de tener favorable acogida, por cuanto los reproches enderezados por la recurrente no logran demostrar los vicios constitucionales que endilga al pronunciamiento, el cual - abordando la cuestión en el marco de la ley 13154 regulatoria de la actividad del corretaje inmobiliario en el territorio de la Provincia, y que impone como requisito la matriculación obligatoria -, señaló que -a fin de no afectar derechos adquiridos- se habilitó por única vez para quienes a la fecha de entrada en vigencia de la ley citada no posean título habilitante de corredor inmobiliario, la posibilidad de matricularse en el Colegio respectivo con carácter de corredor idóneo, derecho de inscripción con una vigencia improrrogable de tres meses a partir de la creación del Colegio dentro del cual debió operarse la matriculación de la recurrente y que había expirado inexorablemente, interpretación que no surge como un absurdo normativo o fáctico, ni demuestra que la Cámara hubiera utilizado argumentos dogmáticos o incurrido en rigorismos que afecten las garantías que se invocan. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 13154, artículos 5, 59, 60 y 62.

Texto del fallo Reg.: A y S t 267 p 164/166.

Santa Fe, 1 de marzo del año 2.016.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actor contra la sentencia nro. 27 de fecha 11 de junio de 2015, dictada por la Sala IV -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, en autos "TAURASI, S.A. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. 58/15) EN AUTOS 'TAURASI, SILVINA ANA S/ COLEGIO DE CORREDORES INMOBILIARIOS -RECHAZO DE INSCRIPCIÓN EN LA MATRÍCULA' (EXPTE. 26/15)"...

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