Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Septiembre de 2017, expediente Rc 121719

Presidentede Lázzari-Pettigiani-Negri-Soria
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 121.719 "Tarucelli, E.M. contra R., M.C.. Beneficio de litigar sin gastos".

//Plata, 13 de Septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Dolores confirmó la decisión del juez de grado quien, a su turno, rechazara el beneficio de litigar sin gastos solicitado por E.M.T. (v. fs. 1/5 vta.).

    Frente lo así decidido, el letrado del actor -invocando el art. 48 del Código Procesal Civil y Comercial- interpuso recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (v. fs. 7/15 vta.), cuya denegatoria -en razón de la falta de definitividad del fallo atacado- (v. fs. 16), suscitó la articulación de la presente queja (art. 292, del CPCC; v. fs. 18/28 vta.).

  2. A. respecto, esta Corte tiene dicho que la decisión que deniega el beneficio de litigar sin gastos no reviste carácter definitivo en los términos de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial, toda vez que la misma no causa estado (conf. art. 82, Cód. cit.; causas Ac. 82.096, "D.V.G., resol. de 11-7-2001; Ac. 82.407, "Lisanda", resol. de 28-11-2001; Ac. 86.846, "L., resol. de 11-6-2003 y C. 120.541, "Iannozzi", resol. de 30-3-2016), cediendo esta regla cuando, de mantenerse el pronunciamiento de la alzada, pudieran configurarse -causando un gravamen de imposible reparación ulterior-, los supuestos de...

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