Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 5 de Junio de 2018, expediente FSA 041000176/2011/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “TARIFA, MARTA AURELIA c/ ANSeS s/ IMPUGNACIÓN de ACTO ADMINISTRATIVO” Expte. N°

41000176/2011 (Juzgado Federal N° 2 de Jujuy)

ta, 5 de junio de 2018.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal, en virtud de los recursos de apelación deducidos por ambas partes a fs. 83 y 84 en contra de la sentencia dictada en la anterior instancia a fs.

    79/82.

    A través del memorial presentado a fs. 87/91, la ANSeS cuestiona las pautas fijadas en grado para la redeterminación del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad del beneficio jubilatorio de la actora, solicitando la aplicación de los índices previstos en la ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados).

    Por su parte, mediante la presentación de fs. 92/94 la actora apela que el juez de primera instancia haya omitido expedirse sobre el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 24 de la ley 24.241 y con relación a las demás inconstitucionalidades solicitadas en el capítulo V de la demanda.

    Asimismo, cuestiona la falta de determinación de un plazo para el cumplimiento de la sentencia y solicita la fijación de una sanción para el caso de incumplimiento.

  2. Que, en primer término, con relación a los agravios de las partes referidos a las pautas fijadas para el recálculo del haber inicial y el posterior Fecha de firma: 05/06/2018 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S., JUEZ DE CAMARA #8301372#207923944#20180605122119955 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta reajuste por movilidad del beneficio jubilatorio de la actora, la cuestión planteada en autos resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “Campos, R. c/ ANSES s/ Expedientes civiles”, Expte. FSA 31000305/2009, sentencia del 4 de noviembre de 2014, entre otros, cuyos fundamentos (www.cij.gov.ar)

    pasan a formar parte del presente resolutorio.

    En efecto, de las constancias obrantes en autos así como de las actuaciones administrativas, surge que la señora M.A.T. obtuvo su beneficio jubilatorio a partir del 03/04/1997, bajo el régimen previsto por la ley 24.241 (fs. 11 y fs. 26/30 del expte. adm. 024-27-04142850-9-004-

    000001); y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada a través de la resolución RNT-B 00707/11, del 08/04/2011 (fs. 2/5 y 8).

    Por ello, de conformidad con los fundamentos expuestos en la sentencia referida precedentemente, corresponde desestimar los agravios de la demandada dirigidos a cuestionar las pautas establecidas para el recálculo del haber inicial y posterior reajuste por movilidad del beneficio jubilatorio de la actora.

  3. Que con relación a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR