Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 23 de Febrero de 2016, expediente COM 018884/2012/1

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial JMB.

J.. 17 - Sec. 34.

18884/2012/1 TARCOL S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO s/ INCIDENTE DE TASA DE JUSTICIA Buenos Aires, 23 de Febrero de 2016.-

Y VISTOS:

  1. ) Para resolver el recurso extraordinario interpuesto por la concursada a fs. 89/99 contra la resolución de fs. 52/53, cuyo traslado fuera contestado por el Señor Representante del Fisco a fs. 104/105 y por la sindicatura a fs. 108/110.

  2. ) En el pronunciamiento recurrido el Tribunal ha decidido cuestiones de derecho no federal sometidas al derecho común y al derecho procesal. Por ello, la interpretación de la Ley 23.898, en cuanto grava -con tasa de justicia- las actuaciones ante la justicia ordinaria de la Capital Federal, remite al análisis de una norma de carácter local y, por ende, es ajena al recurso extraordinario que contempla el art. 14 de la ley 48 (CSJN Fallos, 321-1-1494). No es la finalidad de dicho remedio revisar en tercera instancia decisiones de los jueces de la causa concernientes a la aplicación e interpretación de normas de derecho común, de su conocimiento exclusivo. Cabe destacar que la mera invocación de haberse violado o infringido alguno de los derechos o garantías que consagra la Constitución Nacional, no constituye motivo que habilite su procedencia, como acontece -en el caso- con la invocación que el recurrente hace en el sentido de haberse afectado sus garantías constitucionales básicas como son el debido proceso, legalidad, el derecho a la Fecha de firma: 23/02/2016 Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: I.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA #23884988#147554285#20160223113606491 defensa en juicio e igualdad ante la ley (CSJN, "C.M. c/D.'ArielliD.", 9-5-78; CNCom., esta Sala A, "Jenik Oscar c/ Curetti Enrique s/ ordinario", 6-10-

    89, id in re “Matricería Austral S.A s. Concurso Preventivo” del 03.10.13).-

    Por lo demás, sin perjuicio de que prima facie no advierte la Sala que en la decisión cuestionada se halle configurada causal alguna de arbitrariedad a tenor de las directrices elaboradas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en torno a ese ámbito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR