Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 12 de Julio de 2019, expediente CAF 023666/2008/CA002 - CA004 - ...
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2019 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. Nº 23.666/2008/CA2 – CA4 “TALEB ALEJANDRO ALI Y OTROS c/ EN-Mº DEFENSA-
ARMADA-DTOS 1104/05 1053/08 s/
PERSONAL MILITAR”
Buenos Aires, de julio de 2019.-MNP VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fojas 384/386, de manera subsidiaria al de reposición, replicado por su contraria a fojas 388; contra la resolución de fojas 383; y CONSIDERANDO:
-
Que a fojas 303 la jueza de grado decretó embargo por la suma de $ 369.934,47 (pesos trescientos sesenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro con 47/100), con más la suma de $ 73.986,90 (pesos setenta y tres mil novecientos ochenta y seis con 90/100) que fijó provisoriamente para responder a intereses y costas.
-
Que por conducto de la resolución de fojas 314 (de fecha 26/10/16), la juez de grado mandó llevar adelante la ejecución de sentencia promovida por los actores contra el Estado Nacional – Mº Defensa – AA, hasta hacerse íntegro el pago a los ejecutantes de la suma de $ 369.934,47 (pesos trescientos sesenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro con 47/100), intereses y costas de la ejecución.
Para así decidir, luego de recordar que la liquidación por el crédito de los actores -correspondiente al período en actividad- fue aprobada a fojas 232 (con fecha 16/05/13), destacó que la demandada (estando debidamente notificada de la citación de venta) no había opuesto excepciones dentro del plazo que contaba a tal efecto.
-
Que a fojas 372/373 la jueza de grado aprobó la liquidación confeccionada a fojas 355/361 en concepto de intereses, por la suma de $ 317.164,08 (pesos trescientos diecisiete mil ciento sesenta y cuatro con 47/100), resolutorio que se encuentra firme.
-
Que a fojas 375, el Tribunal de grado intimó a la accionada a que en el plazo de 10 (diez) días informara si incluyó en la correspondiente partida presupuestaria el crédito correspondiente a intereses de capital antes indicado.
Fecha de firma: 12/07/2019 Alta en sistema: 15/07/2019 Firmado por: G.F.T.-.J.F.A.-.P.G. FEDRIANI #10814544#239438616#20190712121819787
-
Que a fojas 380/381 la parte actora interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra el proveído de fojas 375.
-
Que a fojas 383, la jueza de grado admitió la revocatoria interpuesta por la parte actora. En este sentido, destacó que “en atención a que en el momento de trabar el embargo de fojas 303, el mismo lo fue por una suma menor a la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba