TABORDA, JORGE ANTONIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Fecha24 Octubre 2023
Número de expedienteCAF 016466/2020/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

16466/2020

TABORDA, J.A. Y OTROS c/ ESTADO

NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA

FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE

LAS FFAA Y DE SEG

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de octubre de dos mil veintitrés, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “T.,

J.A. y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Seguridad –

Policía Federal Argentina s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que mediante la sentencia del 27/6/23, la Sra. Juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda entablada en autos; y en consecuencia, condenó al Estado Nacional que abone al Sr.

M.H.S. las sumas correspondientes al suplemento “Función Policial Operativo” (código 077); como así también abonar a los Sres. J.A.T. y H.C.I. las sumas correspondientes al suplemento “Función Técnica de Apoyo” (código 078)

ambos creados por el decreto 380/17, debiendo reliquidarse los restantes rubros en la debida proporción. Asimismo, la demandada deberá abonar los retroactivos devengados por lo percibido en menos mensualmente por el coactor, M.H.S. a partir del 29/10/2018 y por los Sres. J.A.T. y H.C.I. desde el 19/4/2019

y en ambos casos hasta el 31/3/2022. Impuso las costas a la demandada.-

II.-Que el 3/7/23 apeló la parte demandada,

quien expresó agravios el día 7/9/23, los que fueron contestados por su contraria el 26/9/23. El 5/10/23 se llamaron autos a sentencia.-

Fecha de firma: 24/10/2023

Alta en sistema: 25/10/2023

Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

III.-Que se agravia la demandada de la inclusión del decreto 380/17 al recibo de sueldo de los accionantes toda vez que dicha normativa se encuentra derogada a partir del dictado del decreto 142/2022.-

IV.-Que si bien el decreto 142/2022 derogó a partir del 1/04/2022 el decreto 380/17, lo cierto es que durante la vigencia de este último los actores tuvieron derecho a percibir los suplemento allí

previstos, según corresponda en cada caso, y que se le abonen las retroactividades devengadas. En consecuencia cabe rechazar el agravio en cuestión y confirmar la sentencia apelada en dicho aspecto.-

V.-Que en relación con el Decreto Nº 380/17,

dictado el 30/05/2017, cabe señalar que mediante esa norma se fijó el haber mensual del personal de la Policía Federal Argentina. Asimismo,

derogó los arts. 396 ter y 396 quater, que habían otorgado los suplementos particulares "Servicio Externo Uniformado" y "Apoyo Operativo" de la reglamentación de la Ley Nº 21.965, aprobada por el Decreto Nº 1866/83 y sus modificatorios, creados por el artículo 1 del Decreto Nº 2140/13.-

VI.-Que afirma la demandada que los suplementos creados por el Decreto nro. 380/17 no son percibidos por la generalidad del personal y que poseen un carácter no remunerativo y/o no bonificable.-

VII.-Que los agravios de la demandada deben ser rechazados, con sustento en los fundamentos expuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “Di Nanno, C. c/ EN –

M Seguridad - PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg."

(E.. N° 18184/2018 y “N.M.F. c/ EN-M

Seguridad-PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, (E..

N° 46.683/17), sentencias del 18/08/2022, cuyo criterio resulta coincidente con el que venía siendo sostenido por este Tribunal en las causas Nº 1305

2018 “L. de T.S., C.D. c/ EN – M Seguridad –PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, del 14 de mayo de 2019, y 72.324/2018 “D.I.C. y otros c/EN Mº Seguridad –PFA s/ Personal Militar y civil de las FFAA y de Seg.” del 11 de marzo de 2020. En un mismo sentido ha resuelto la Sala II de ésta Cámara en la causa n°...

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