L.B.T. Group S.A. S/ Quiebra (promovido por Daglio Liliana Ines)

Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2010

Viernes 12 de noviembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.027 53 tÃtulos públicos nominados en esa moneda. La venta se realizara “ad corpus” en el estado en que se encuentran dichas marcas. Las ofertas deberán ser presentadas por escrito en sobre cerrado en la Sede del Juzgado hasta el dÃa 24 de noviembre de 2010 a las 09:00 horas.

Copias de dicho pliego pueden adquirirse, a $ 300,00 c/u, en la Sindicatura Estudio Ruiz,

Tabasco y Asociados, domiciliada Av. Independencia N'º1.511 piso 2'º te: 4383-6049, o ante los martilleros: Leonardo Chiappetti, CUIT 2304810755-9 domiciliado en Tucumán 893 3'º G, te: 4322-1277; Leandro Hernán Gutiérrez, domiciliado en Lavalle 1546 7'º D, te 43744197 CUIT 20-17364568-7 e Isaac JoaquÃn, domiciliado en Talcahuano 871 7'º E, te 48160554 CUIT 20-04246229-3 hasta el 22/11/2010 en el horario de 15 a 18 pudiendo requerirse precisiones sobre el “mejoramiento de oferta” precedente en tales oficinas y ante cualquier duda consultar el expediente. Los interesados deberán presentar con sus ofertas constancia de haber depositado garantÃa, por el 10% de la base establecida para el lote de marca que se desee adquirir en efectivo en el Bco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales. Los sobres serán abiertos en la audiencia a celebrarse en el Tribunal el dÃa 24 de noviembre de 2010 a las 11:00 hs. A continuación los oferentes podrán mejorar sus propuestas, ofertando a viva voz mejorando la mayor oferta recibida por posturas no inferiores a la suma de U$S10.000, por el lote de la marca Saavedra;

U$S5.000 por el lote de la marca Yogurbelt y U$S3.000 por el lote de las marcas Chascomús y Lactona respectivamente. La adjudicación recaerá sobre la mayor oferta. La integración del saldo de precio, comisión e IVA de los martilleros deberá depositarse al contado, dentro de los cinco dÃas y ser acreditada en autos en igual plazo mediante la pertinente boleta de depósito bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso (CPCCN 584) y de pérdida de la garantÃa a favor de la quiebra. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros, aún aquellos que pudieran estar a cargo de la parte vendedora, que tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente, incluyendo entre otras, a las diligencias tendientes la inscripción registral del bien, al levantamiento de medidas cautelares, estarán a cargo del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR