Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 18 de Febrero de 2019, expediente CFP 017987/2017/5/CA001

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 17987/2017/5/CA1 CCCF - Sala I CFP 17987/17/5/CA1 “T D A F s/ procesamiento”

Juzgado N° 9 – Secretaría N° 18 Buenos Aires, 18 de febrero de 2019.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en función del recurso de apelación interpuesto por la defensa de F.T. de Armas contra la resolución que, en copias, obra fs. 1/12 de este incidente por medio de la cual el Juez de grado resolvió decretar el procesamiento del nombrado por considerarlo, prima facie, autor penalmente responsable de haber ejecutado, a sabiendas, actos que pusieron en peligro la seguridad de aeronaves –en dos hechos que concurren en forma real entre sí- (art.

    55 y 190 del Código Penal).

  2. Se le atribuyó a F T D A haber puesto en peligro el día 31 de marzo de 2017 –entre las 13:46 y las 14:49- y el día 7 de abril de ese mismo –entre las 16 horas y las 16: 52 horas-, la seguridad de una serie de aeronaves que fueron detalladas específicamente por el Juez de grado en la recepción de la indagatoria de fs. 691/694, que “en esa jornada y durante esos horarios –

    aproximadamente- despegaron y/o aterrizaron en el Aeroparque ‘J.N.’ de esta ciudad, mediante la utilización y control a distancia (…) de un VANT de color blanco con la inscripción DJI P77DDJ20BR#### con una tarjeta de memoria ‘S/N 50460N36####’

    (DRON_I), y en infracción a las previsiones de la Resolución 527/2015 (Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos no Tripulados) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).” (Fs. 691/694)”

    Fecha de firma: 18/02/2019 Alta en sistema: 19/02/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.V. , SECRETARIA DE CAMARA #32979029#227129931#20190218132724489 La causa se inició el día 11 de noviembre de 2017 a raíz de las actuaciones labradas por personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria en función del suceso acaecido en el Aeropuerto J.N. en el que un vehículo aéreo no tripulado (drone) colisionó, a la altura del parque temático “Tierra Santa”, con un avión de Aerolíneas Argentinas, que se encontraba realizando un vuelo procedente de la ciudad de Trelew, ocasionándole daños graves a la aeronave (fs. 1/2).

    Paralelamente, con fecha 15 de noviembre de 2017 se acumuló a estos actuados, la causa n° 18160/17 proveniente del Juzgado Federal n° 2 por razones de conexidad, en la cual el denunciante E P, aportó un “pendrive” con varias filmaciones obtenidas de un canal “You Tube” registrado a nombre de F T D A, en el cual hasta el día 11 de noviembre, se observaban imágenes grabadas por drones volando sobre el eje de pista de Aeroparque (fs.

    98/101, 103 y 109/110vta.).

    Con relación a esas grabaciones, E L S -piloto del avión que comandaba el vuelo procedente de la ciudad de Trelew antes referido-, manifestó que las filmaciones obtenidas del canal “You Tube” no se correspondían con el hecho acontecido el día 11 de noviembre de 2017. No obstante, sostuvo que “la imagen en cuestión fue obtenida en una zona riesgosa –desde el punto de vista de la seguridad aeronáutica- puesto que resulta a todas luces razonable que cualquier aeronave próxima a aterrizar en el Aeroparque J.N. pueda colisionar asimismo con un ‘drone’ que se encuentra en el lugar del cual se obtuvo la imagen” (fs. 131).

    Ante ello, se dispuso ordenar el allanamiento del domicilio del imputado en donde, entre otras cosas, se secuestraron cuatro drones sobre los que posteriormente se realizó una pericia que fue llevada a cabo por el Equipo 2 de Investigaciones de la...

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