Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA L, 20 de Marzo de 2015, expediente CIV 014825/2012/CA001

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2015
EmisorSALA L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L 14825/2012 SZCZIPNY TEODORO JORGE Y OTRO s/SUCESION AB-

INTESTATO Buenos Aires, de marzo de 2015.-

AUTOS Y VISTOS:

Contra el decisorio de fs. 119 sostienen su recurso los interesados en el escrito de fs. 134/139 y adhesión de fs. 145. El Sr. Fiscal de Cámara dictaminó a fs. 152.-

  1. ) El tenor del escrito de fs. 111/113 demuestra que estamos en presencia de un negocio mixto, por el que se distribuyen derechos o bienes que exceden estrictamente el acto de asignación que comporta la partición, dado que los $ 30.000 que se mencionan no integran el acervo hereditario.-

    Pero la partición así cumplida, a pesar de combinar negocios jurídicos diferentes, constituye una unidad negocial que, al derivarse de una relación sucesoria única, determina que en lo sucesivo los distintos aspectos del negocio mixto no sean separables (A., B., en Bueres-Highton, “Código Civil y Normas Complementarias”, t. 6-A, pág. 464; C.N.Civ., Sala E, La Ley, 1986-A-465, citado en la obra mencionada anteriormente).-

    Con la suma de dinero referida se persigue una composición equitativa de las hijuelas, mediando a tal efecto razones de economía procesal.-

  2. ) Así las cosas, los agravios de los recurrentes deben ser admitidos. Es que, por aplicación del plenario “B. de Battilana c/Schoo L. y otros s/ escrituración”, del 17/10/1924 (publicado en la página de internet de la C.S.J.N., base b-151, documento 5677),la partición efectuada por los herederos mayores de edad, aprobada judicialmente y debidamente inscripta, tiene el sello auténtico de los instrumentos públicos, constituyendo un título perfecto e inatacable, que hace innecesaria la escritura pública (ver también, C.N.Civil, S.M., “L., Isaak s/sucesión”, del 16/06/98, ídem documento 6087).-

    Se colige entonces que, si bien las particiones extrajudiciales deben ser realizadas bajo escritura pública, ello no es necesario cuando mediare convenio por instrumento privado presentado al...

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