Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 28 de Septiembre de 2022, expediente CNT 006552/2022/CA001

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.INT. 3 - 1 EXPTE. Nº 6.552/2022/CA1 (60.484)

JUZGADO Nº: 40 SALA X

AUTOS: “SUTERH SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS

DE RENTA Y HORIZONTAL C/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL

EDIFICIO LAVALLE 3161 S/ EJECUCION FISCAL”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de apelación deducido por el letrado de la actora.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora por la acción ejecutiva resultan bajos por lo que cabe elevarlos a 2 UMA

equivalentes a $20.800 (PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS) a valores actuales (cfr.

arts. 6, 7, 9, 19, 22 y cctes. Ley 21.839; art 38 L.O. y Ley 27.423).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora por la acción ejecutiva a 2

UMA equivalentes a $20.800 (PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS) a valores actuales; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

DGQ

Fecha de firma: 28/09/2022

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

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