Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 8 de Marzo de 2022, expediente CNT 002688/2019/CA001

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.INT. 1 – 3 EXPTE. Nº 2.688/2019/CA1 (58.545)

JUZGADO Nº: 5 SALA X

AUTOS: “SUTERH SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE

RENTA Y HORIZONTAL C/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO

PUEYRREDON 567 S/ EJECUCION FISCAL”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la letrada de la actora cuya presentación se encuentra incorporada al sistema LEX 100.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora resultan bajos equitativos por lo que cabe elevarlos a $ 10.000 (PESOS DIEZ MIL)

equivalentes a 1,546 UMAS a valores actuales (cfr. arts. 6, 7, 9, 19, 22 y cctes. Ley 21.839 y Ley 27.423).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora a $ 10.000 (PESOS DIEZ MIL) equivalentes a 1,546 UMAS a valores actuales; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

DGQ

Fecha de firma: 08/03/2022

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

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