La supuesta importación de residuos al país

La reciente publicación del decreto presidencial referido a importación de insumos derivados de la valorización de residuos y los irresponsables comentarios realizados por algunos medios y dirigentes sociales merecen, sin duda alguna, una reflexión especial. En particular, debido a que han utilizado una norma de eminente contenido técnico para afirmar que nuestro país se ha convertido en un receptáculo de basura del Primer Mundo o que se les quita trabajo a los recuperadores de residuos. Para hacer este análisis es imprescindible contextualizar la aparición de la nueva norma: en 1992, existía un gran vacío legislativo en materia ambiental, mucho más con relación al ingreso de residuos a nuestro territorio. En aquel momento, el Poder Ejecutivo dictó un decreto que prohibía el ingreso de residuos peligrosos a nuestro país. Por medio de un anexo, y por vía de excepción, se permitía el ingreso de ciertas corrientes residuales que tuvieran un certificado de inocuidad ambiental y sanitaria en su país de origen. El procedimiento requería de los países exportadores la emisión de un certificado de "no peligrosidad" (aunque no de "inocuidad") según sus propios marcos normativos, aunque sin mayor consideración de las normas de la Argentina como país receptor.En 1992, se promulgó la ley 24.051, de gestión de residuos peligrosos, reglamentada en 1993 mediante el decreto que define esos residuos, y un año después, mediante la reforma de nuestra Constitución nacional, en 1994, se incorporó en el artículo 41 la prohibición de ingreso de desechos peligrosos y potencialmente peligrosos, motivo por el cual el citado decreto perdió casi virtualidad. En el nuevo escenario no se podía ingresar al país ningún residuo peligroso, pero algunas corrientes residuales -no peligrosas- podían hacerlo siempre que contaran con el "certificado de inocuidad" de origen.Pasados casi 30 años, y siguiendo los lineamientos internacionales respecto de (por ejemplo, China dictó recientemente una norma similar) y los nuevos criterios de economía circular y valorización de residuos, el decreto dictado este año recepta lo antes dicho y, a diferencia de lo establecido por la disposición gubernamental de 1992, prohíbe de manera expresa y absoluta el ingreso a territorio nacional de todo tipo y/o corriente residual, aun de aquellos residuos que ingresaban vía excepción con el nombrado certificado de inocuidad. Esa norma establece claramente: "Prohíbese el tránsito, la introducción y la...

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