Publicaciones de la Sección Suplemento Nº 1 de 03 de Noviembre de 2016

AÑO CVII/ LA PLATA, JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2016 Nº 27.901
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
S U P L E M E N T O D E 16 P Á G I N A S
R e s o l u c i o n e s
Resoluciones
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Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 234
La Plata, 13 de octubre de 2016.
VISTO el Expediente Nº 2417-2006/16 del registro del MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Ley Nº 14.803 y su modif‌i catoria Nº
14.805 -Ley de Ministerios-, el Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril de 2016 -B.O. 3/05/16-,
el Decreto-Ley Nº 16.378/57, Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros, y sus Decretos
Reglamentarios N° 6.864 de fecha 29 de abril de 1958 -B.O. 9/06/58- para el transporte por
automotor de pasajeros y N° 2.608 de fecha 12 de junio de 1989 -B.O. 24/08/58- para el
transporte f‌l uvial de pasajeros en aguas jurisdiccionales de la Provincia de Buenos Aires,
teniendo en cuenta las políticas sustantivas que dan marco al accionar de la Subsecretaría
de Transporte de la Provincia de Buenos Aires y la necesidad de optimizar los resultados a
través de una gestión ágil y ef‌i ciente, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 14.803 y su modif‌i catoria Nº 14.805 -Ley de Ministerios- y
el Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril de 2016 -B.O. 3/05/16- que aprobó la Estructura
Orgánico Funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, se asignan al
Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y a la Subsecretaría de Transporte,
respectivamente, las competencias, misiones y responsabilidades en materia de transporte
en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;
Que el transporte público de pasajeros se encuentra regido en la Provincia de Buenos
Aires por el Decreto-Ley Nº 16.378/57, Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros;
Que en efecto, mediante el mencionado Decreto-Ley Nº 16.378/57, y sus Decretos
Reglamentarios Nº 6.864/58 y N° 2.608/89, se f‌i jaron las pautas que rigen el establecimiento,
utilización y ejercicio del transporte público de pasajeros por automotor y f‌l uvial,
respectivamente;
Que por el artículo 56 de la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros la entonces
Dirección General del Transporte, actual Subsecretaría de Transporte de la Provincia de
Buenos Aires tiene competencia para ejercer todas las funciones y providencias necesarias
para el cumplimiento y observancia de las disposiciones de dicha Ley (cfr. inc. 28);
Que en este sentido, por el precitado artículo 56 se asignaron facultades
específ‌i cas a la entonces Dirección General de Transporte, muchas de las cuales
actualmente conllevan la elaboración y refrenda de actos administrativos, tal el
caso de la habilitación de servicios especializados de transporte automotor como
f‌l uvial de personas, baja de licencias, alta y baja de las unidades o embarcaciones
destinadas a la prestación de los servicios, entre otras autorizaciones;
Que corresponde a la Secretaría de Transporte, de conformidad con lo dispuesto
en el punto 12 de sus Acciones del Anexo 2 del Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril
de 2016 -B.O. 3/05/16-, establecer procedimientos en relación al marco regulatorio
del servicio público de transporte a los f‌i nes de dotar al mismo de mayor ef‌i cacia;
y en el marco de lo dispuesto en el punto 24, debe intervenir en toda tramitación
administrativa necesaria y realizar el control sobre la prestación de servicios
vigentes;
Que la diversidad de prestaciones del servicio de transporte de pasajeros por
automotor y f‌l uvial, requiere efectivamente el dictado de una multiplicidad de actos
que regulan la autorización de servicios especializados, baja de licencias, alta y
baja de unidades o embarcaciones, autorización del personal de conducción, así
como exige la verif‌i cación de documentación, todo lo cual precisa de decisiones y
licenciamientos inmediatos, a f‌i n de alcanzar una mayor ef‌i ciencia en la gestión;
Que la experiencia administrativa ha demostrado que, a veces, la falta de
precisión en el objeto de las consultas o en los escritos de iniciación de trámites, la
falta de consignación de datos imprescindibles para considerar, analizar y evaluar
cada una de las peticiones, así como la incompleta acreditación de la documentación
que debe ser acompañada, dif‌i culta la tarea de control por parte de las distintas
áreas técnicas intervinientes, lo que representa un obstáculo insalvable para una
ágil y ef‌i ciente administración, resultando necesario entonces la confección de
modelos de formularios de iniciación de trámites propios de esta Subsecretaría de
Transporte, a f‌i n de atenderse aquellas cuestiones en forma célere, con el objeto de
alcanzar una mayor ef‌i ciencia en la gestión de esta Subsecretaría de Transporte, y
que resultan por lo demás materia de su competencia;
LA PLATA, LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2016 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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Que deviene necesario a efectos de materializar este procedimiento
administrativo, disponer de los documentos idóneos, tanto para iniciar los trámites
como para dejar constancia de la actuación administrativa, en los que habrá de
incluirse y consignarse un conciso detalle de todos los datos, de toda información
y documentación requeridos normativamente, todo ello a f‌i n de identif‌i car clara y
sencillamente el trámite y lo requerido por el solicitante;
Que corresponde en consecuencia aprobar el modelo de Formulario SST N° 1 “Solicitud
de Licencia de Servicios Especializados de Transporte Automotor de Pasajeros - Cambio
de Categoría”, el Formulario SST N° 2 “Solicitud de Licencia de Servicios Especializados
de Transporte Fluvial de Pasajeros”, el Formulario SST N° 3 “Alta y Baja de Parque Móvil/
Embarcaciones - Servicios Especializados de Transporte de Pasajeros”, el Formulario
SST N° 4 “Baja de Licencia de Servicios Especializados de Transporte de Pasajeros” y el
Formulario SST N° 5 “Solicitudes Varias”, en los que, con carácter de declaración jurada,
deberán constar los datos del presentante, el trámite solicitado, la nómina de unidades o
embarcaciones, y del personal de conducción propuesto, según el trámite elegido, detalle
de la documentación acompañada, existiendo un espacio para observaciones, en los casos
que corresponda, incluyéndose instrucciones e indicación de la normativa, además de
anexos que podrán ser utilizados, de resultar insuf‌i ciente el espacio del formulario;
Que dichos formularios, los que serán publicados y podrán ser consultados y bajados
de la web of‌i cial de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, están
destinados tanto a ser utilizados para facilitar la iniciación de trámites por parte de los
usuarios y de los transportistas, como a facilitar a los responsables de las distintas áreas
técnicas a identif‌i car y analizar las distintas y múltiples peticiones, verif‌i car la documentación,
controlar que se hallen cumplidos los requisitos exigidos normativamente, así como llevar
adelante el procedimiento administrativo en forma célere;
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades emanadas de la Ley Nº
14.803 y su modif‌i catoria Nº 14.805 -Ley de Ministerios-, el Decreto Nº 360 de fecha 18 de
abril de 2016 -Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos- (B.O. 3/05/16), el Decreto-Ley Nº 16.378/57 Ley Orgánica de Transporte de
Pasajeros, y sus Decretos Reglamentarios N° 6.864 de fecha 29 de abril de 1958 -B.O.
9/06/58- y N° 2.608 de fecha 12 de junio de 1989 -B.O. 24/08/58-;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE NFRAESTRUCTURA
Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Formulario SST N° 1 Solicitud de Licencia de Servicios
Especializados de Transporte Automotor de Pasajeros - Cambio de Categoría y su Anexo I,
los que como Anexo 1 forman parte integrante de la presente, y comenzarán a regir a partir
de la publicación en el Boletín Of‌i cial de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º. Aprobar el Formulario SST N° 2 Solicitud de Licencia de Servicios
Especializados de Transporte Fluvial de Pasajeros y su Anexo I, los que como Anexo 2
forman parte integrante de la presente Resolución, y comenzarán a regir a partir de la
publicación en el Boletín Of‌i cial de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º. Aprobar el Formulario SST N° 3 Alta y Baja de Parque Móvil/
Embarcaciones - Servicios Especializados de Transporte de Pasajeros, el que como Anexo
3 forma parte de la presente Resolución, y comenzará a regir a partir de la publicación en el
Boletín Of‌i cial de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4º. Aprobar el Formulario SST N° 4 Baja de Licencia de Servicios
Especializados de Transporte de Pasajeros, el que como Anexo 4 forma parte de la
presente Resolución, y comenzará a regir a partir de la publicación en el Boletín Of‌i cial de la
Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5°. Aprobar el Formulario SST N° 5 Solicitudes Varias, el que como Anexo
5 forma parte de la presente Resolución, y comenzará a regir a partir de la publicación en el
Boletín Of‌i cial de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Of‌i cial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Lisandro J. Perotti
Subsecretario de Transporte
Subsecretaría de Transporte
B.
CATEGORÍA DE SERVICIOS SOLICITADA
Domicilio real
Nombre y Apellido completo DNI/CUIT N°
Razón Social y/o denominación (1) CUIT N°
Teléfono Correo electrónico denunciado
Domicilio social
Inscripción en Registro Público (Dirección Provincial de Personas Jurídicas/Inspección General de Justicia)
Fecha de inscripción Tomo Legajo Matrícula
Interno N° Dominio Modelo/Año Marca Capacidad
Pag 1/3
Persona Física
Anexo 1
A. DATOS DEL SOLICITANTE
Personas Jurídicas/Entes Jurídicos/Organismos
Domicilio Constítuido
(2)
C. NÓMINA DE PARQUE MÓVIL PROPUESTO
(4)
PUNTO INICIAL / TERMINAL DEL SERVICIO
En caso de solicitar licencia por cambio de categoría ( de A a B/B a A )
deberá expresar si mantiene la licencia anterior o si solicita su baja.
Licencia Anterior N°
Solicita Baja SI NO
(3)
(Marque con una cruz (X) la categoria correspondiente)
(Completar solo en caso de categoría de excursión)
Excursión
Clase
Contratados
Calle: Numero: Localidad/Partido:
Solicitud de Licencia de Servicios Especializados de
Transporte Automotor de Pasajeros
Cambio de Categoria
FORMULARIO SST N°1
BA
BA
Privados
Marginal
Calle N° Piso/depto/of‌ic Localidad Partido
Calle N° Piso/depto/of‌ic Localidad Partido
Calle N° Piso/depto/of‌ic Localidad Partido
Teléfono Correo electrónico denunciado
Escolares
Nombre y Apellido Completo DNI
D. PERSONAL DE CONDUCCIÓN PROPUESTO (5)
E. DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA (6)
Detalle SI NO
Pag 2/3
Estatuto Social y sus reformas
El objeto social debe incluir el transporte de personas. (cfr. art 8 inc. b punto 3 Disp. N° 1.851/97)
Acta de designación de autoridades
Certif‌icado extendido por autoridad competente de los establecimientos
educacionales para los cuales transportará alumnado (Categoría Escolar)
Copia del DNI y copia de la Licencia de Conducir ( Categoría D2 )
Edad del personal de conducción: entre 21 y 65 años (cfr. art. 156 Dec, Nº 6.864/58, modif. Dec 4.108/85)
Declaración jurada de radicación en Provincia
(Formulario R-050 de ARBA o Formulario 13 o 13A del R.N.P.A.)
Conformidad Municipal del Partido correspondiente al punto inicial terminal f‌ijado,
Nota modelo Intendente (Para el caso de Categoria de Excursión)
Fotocopia de Factura de Servicio a nombre del peticionante que acredite domicilio real
(Para el caso de que el solicitante sea persona física)
Copia del DNI del Solicitante
Certif‌icado de antecedentes de Buena Conducta de conductores y celadores
(Categoría Escolar)
Libreta sanitaria de conductores y celadores (Categoría Escolar)
Certif‌icado de desinfección de las unidades (Categoría Escolar)
Comprobante de pago de tasa gral. de actuación por expediente y
tasa por habilitación de unidad
Comprobante de pago de Tasa Provincial del Transporte
Listado de alumnos conforme Anexo II Disp. N°214/98
Seguro de A.R.T (Personal dependiente) / Seguro de accidentes personales
Certif‌icado de Verif‌icación Técnica Vehicular (V.T.V) y Anexo Transporte de Pasajeros
Póliza de seguros (9)
Titulo Automotor (8)
Pago de IIBB
DDJJ de IBB
Certif‌icado Ley N° 10.490
Impuesto a la Ganancias /Monotributo
Certif‌icado de libre deuda alimentario Ley N° 13.074
Consentimiento del titular del inmueble donde se constituyó domicilio
y comprobante de servicio domiciliario
Impuesto al automotor
SOLICITANTEPARQUE MOVIL
OTROS PERSONAL DE
CONDUCCIÓN DISPOSICIÓN
D.T.P. N°225/01 (7)

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