Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 2 de Julio de 2020, expediente COM 009120/2011/CA005

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

SUPERMARKETS NORTE INVESTMENTS B.

  1. c/ CARREFOUR S.A.

    Y OTROS s/ORDINARIO

    Expediente N° 9120/2011/CA5

    Juzgado N°19 Secretaría N°37

    Buenos Aires, 02 de julio de 2020.

    Y VISTOS:

  2. La Sala dispone habilitar la feria extraordinaria al solo efecto del presente Acuerdo, que se celebra en los términos de la acordada n° 6/20

    del 20.03.20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –prorrogada por sucesivas A. de ese mismo Tribunal-, y de conformidad con el régimen establecido por el Acuerdo Extraordinario de la Sala de Feria de esta Cámara del 15.05.20 (v. su considerando VI), dejándose aclarado que esta habilitación no importa la de los plazos, sin perjuicio de lo que se correspondiera decidir a requerimiento de parte.

    Sentado ello, corresponde ingresar sobre el fondo del asunto.

  3. La parte actora recurrió la decisión de fs. 3496/3511 en cuanto dejó sin efecto la providencia dictada en los términos del art. 482 CPCC.

    En esa misma decisión se suspendió el trámite en las presentes actuaciones hasta tanto el juicio por daños y perjuicios que involucra a las mismas partes se encontrara en el mismo estadio procesal, sin perjuicio de lo que pudiera decidirse en un futuro en relación con el juicio de designación de árbitro iniciado por la aquí demandada.

    La expresión de agravios obra a fs. 3567/76 y fue contestada a fs.

    3615/31.

  4. En prieta síntesis, mediante la presente acción la actora persigue que se decida que el saldo del precio adeudado por la compraventa de acciones celebrada entre las partes el 11 de abril de 2001 es de U$S

    Fecha de firma: 02/07/2020 10.549.442 y se condene a los demandados al pago de la suma de U$S

    Alta en sistema: 03/07/2020

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    SUPERMARKETS NORTE INVESTMENTS B.

  5. c/ CARREFOUR S.A. Y OTROS s/ORDINARIO Expediente N°

    Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA 9120/2011

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    16.232.841,72, más los intereses compensatorios y moratorios correspondientes.

    También pretende que se declare definitivamente extinguida la garantía que afianzaba la posible existencia de pasivos ocultos que habrían de ser determinados conforme el mecanismo previsto en el contrato (v. punto 2.05 de la ampliación de demanda de fs. 900).

    En su defensa, la demandada sostuvo que la accionante no tenía ningún crédito líquido y exigible en su contra.

    En concreto, denunció que había sido incumplido el procedimiento arbitral establecido en la cláusula 1.5 del contrato...

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