Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 13 de Mayo de 2022, expediente COM 022151/2021/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

22151/2021 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA

S. /ORGANISMOS EXTERNOS.

Buenos Aires, 13 de mayo de 2022.

Y VISTOS:

  1. Swiss Medical ART apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 184/7, que le impuso una multa de 241 MOPRES, por transgredir el artículo 19, inciso g), del Decreto Nro. 170/96. Su memoria corre a fs. 188/208.

    La sanción se aplicó porque la aseguradora no colaboró con las investigaciones y acciones para la promoción de la prevención que desarrolla la SRT, porque conforme la documental aportada mediante Ingreso SRT Nro. 1.114.014 el 14/11/2019 y lo relevado en la inspección el 11/04/2018, el empleador DY PACK S.R.L. presentó la nómina de trabajadores expuestos a cada uno de los agentes de riesgo el 04/04/2018,

    para el establecimiento sito en la calle Junín N° 1.865, V.M., partido de General S.M., provincia de Bs. As. y la ART denunció la falta de presentación de dicha nómina el 09/07/2018, obstruyendo de ese modo la debida fiscalización por parte del organismo. Todo ello, teniendo en cuenta que no surge de las acciones de prevención llevadas a cabo por la recurrente razones que argumenten una actualización de la nómina del personal expuesto presentada oportunamente (fs. 184/5).

  2. Los agravios de la recurrente discurren por los siguientes carriles: i) nulidad de la resolución; ii) no se tuvo en cuenta el descargo efectuado; iii) cumplió con sus obligaciones y no causó perjuicio alguno; y,

    iv) la multa es excesiva, por lo que solicita su morigeración.

  3. S. en forma liminar que la nulidad planteada con el recurso de apelación no ha de ser receptada. Ello pues, el recurso de nulidad es improcedente cuando se trata de vicios o defectos reparables por vía del recurso de apelación, especialmente si se tiene en cuenta que los defectos Fecha de firma: 13/05/2022

    Alta en sistema: 16/05/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

    que constituyen el fundamento del recurso de nulidad se han introducido como agravios del de apelación, porque ello evidencia aceptación de la propia recurrente, en el sentido de que los vicios pueden obtener adecuada reparación a través de la revisión, en atención a lo especialmente establecido por el art. 253 Cpr. (A.H. “Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial”, Buenos Aires, 1961, T.I., pág. 630;

    idem, Palacio, “Derecho Procesal Civil”, Buenos Aires, 1977, T.I., pág.

    168).

  4. Corresponde confirmar la sanción aplicada a la aseguradora.

    De un análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surgen las obligaciones derivadas de las...

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