Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 20 de Octubre de 2021, expediente COM 010195/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

10195/2021 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

s/ORGANISMOS EXTERNOS.

Buenos Aires, 20 de octubre de 2021.

Y VISTOS:

  1. S.M.A.S. apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 219/222, que le impuso una multa de 211 MOPRES por transgredir lo dispuesto en el art. 36, inciso 1,

    apartado d- de la ley 24.557. Su memoria corre a fs. 223/227.

    La sanción se aplicó respecto del empleador S.S. para el establecimiento sito en Avda. Centenario N° 3.405 Quilmes, Provincia de Buenos Aires, porque la Aseguradora no habría cumplido con lo solicitado por la S.R.T. en relación a la Nota de Requerimiento de fecha 07.04.2017 para informar el incumplimiento de las Medidas Preventivas Acordadas (M.P.A.)

    N° 1, Nº 15, Nº 18, Nº 22, Nº 23, Nº 24, Nº 25 y Nº 26, habiéndose verificado en las inspecciones de fecha 06.10.2016 y de fecha 27.03.2017 la falta de documentación respaldatoria que acredite el cumplimiento por parte del empleador.

  2. Los agravios de la recurrente discurren por los siguientes carriles: i) cumplió con sus obligaciones; ii) excesivo rigorismo formal, iii) el acto carece de justicia, legalidad y razonabilidad y iv) la multa es excesiva y solicita su reducción.

  3. Corresponde confirmar la sanción aplicada a la Aseguradora.

    De un análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surgen las obligaciones derivadas de las reglas dictadas por el organismo de contralor, ello en tanto el ente está investido de las facultades de ley para dictar reglas en tal sentido.

    Las obligaciones que emanan de tales preceptos también regulan la actividad de empresas como la demandada. Cuando el artículo 32 de la ley Fecha de firma: 20/10/2021

    Alta en sistema: 21/10/2021

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

    24.557 dispone sanciones por los "incumplimientos", alude a los de todas las reglas que integran el sistema; es decir de sus obligaciones emanadas de esa ley y sus normas reglamentarias.

  4. En el caso, no se trata de sancionar incumplimientos “formales”, sino de obligaciones que afectan -severamente- a los trabajadores.

    La Aseguradora no cumplió con lo solicitado por la S.R.T...

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