Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 31 de Marzo de 2021, expediente COM 002767/2021/CA001
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2021 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
2767/2021 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/
PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
s/ORGANISMOS EXTERNOS
Buenos Aires, 31 de marzo de 2021.
Y VISTOS:
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Prevención ART S.A. apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 190/193, que le impuso una multa de 650 MOPRES por transgredir el art. 18 de la Resolución de la SRT.
nro. 001/05. Su memoria corre a fs. 195/207.
La sanción se aplicó respecto del empleador AROLFO S.R.L.
para el establecimiento sito en calle San Cayetano N° 3.950, Ciudad y Provincia de Córdoba, toda vez que no habría acreditado la documentación respaldatoria de los Anexos y/o visitas de seguimiento y verificación a las Medidas Preventivas Acordadas incorporadas al Anexo V – Programa de Acciones de Prevención Específicas (P.A.P.E.) (v. fs. 191).
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La recurrente alegó: i) no se tuvo en cuenta el descargo, ii) la encartada cumplió con sus obligaciones, iii) no se respetaron los principios de razonabilidad y fundamentación, iv) la multa es desproporcionada y,
solicitó su reducción.
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Corresponde confirmar la sanción aplicada a la aseguradora.
Ello pues, de un análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surgen las obligaciones derivadas de las reglas dictadas por el organismo de contralor, que está investido de las facultades de ley para dictar reglas en tal sentido.
Las obligaciones que emanan de tales preceptos también regulan la actividad de empresas como la demandada. Cuando el artículo 32 de la ley 24.557 dispone sanciones por los "incumplimientos", alude a los de todas las reglas que integran el sistema; es decir de sus obligaciones emanadas de esa Fecha de firma: 31/03/2021
Alta en sistema: 05/04/2021
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
ley y sus normas reglamentarias.
En el caso, no se trata de sancionar incumplimientos “formales”,
sino de obligaciones que afectan a los trabajadores; como no presentar la documentación respaldatoria de los anexos y visitas de seguimiento y verificación con relación a las Medidas Preventivas Acordadas correspondientes al Programa para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en PyMES.
La recurrente debe extremar el cumplimiento de sus...
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