Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 1 de Octubre de 2019, expediente COM 010420/2019/CA001

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - S. F SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/SWISS MEDICAL A.R.T.

S.A. S/ORGANISMOS EXTERNOS (EXPTE. S.R.T. N° 249217/15)

Expediente N° COM 10420/2019 AL Buenos Aires, 1 de octubre de 2019.

Y Vistos:

  1. Viene apelada la Resolución RESAP-2018-3430-APN-

    SRT#MT (v. fs. 134/6) que impuso a Swiss Medical A.R.T. S.A. una multa equivalente a 650 MOPRES por infracción a lo dispuesto en los arts. 7, inc. a)

    y 10 de la Resolución S.R.T. n° 559/09.

    La normativa aludida aparece transcripta por la abogada sumariante en el dictamen jurídico (v. fs. 97), a la cual la S. remite por economía en la exposición.

  2. La S.R.T. sancionó a la aseguradora en relación al G.S. y respecto a su establecimiento ubicado en la calle Cuba n°

    3300, de esta ciudad. Concretamente se le imputó las siguientes infracciones:

    1. haber denunciado, fuera del plazo legal establecido en la normativa vigente, los incumplimientos del citado afiliado al pto. n° 32 del Plan de Adecuación a la Legislación (P.A.L.), Anexo III,, y a las recomendaciones n° 6 y n° 7 del Programa de Reducción de Siniestralidad (P.R.S.), Anexo IV, que fueron verificados en las visitas llevadas a cabo los días 27/10/15 y 18/12/15, que fueron denunciados al organismo sumariante los días 10/1/15 y 06/01/16; y, b) haber realizado, fuera de la fecha acordada con el citado empleador, el seguimiento del pto. n° 158, correspondiente al P.A.L. –

    Anexo III, dado que la fecha programada fue el 30/10/15 y el mismo se Fecha de firma: 01/10/2019 Alta en sistema: 02/10/2019 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA #33522300#244472581#20190926112605023 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - S. F concretó el 18/12/15, conforme surge descripto en la decisión cuestionada (v. detalle fs. 134/5).

  3. El memorial luce agregado a fs. 137/9.

  4. Corresponde principiar dando tratamiento al planteo formulado respecto de la potestad sancionatoria de la S.R.T. sobre el plexo legal en cuestión (v. fs. 137, último párr. in fine).

    En este sentido es menester apuntar que la mayoría de las S.s que conforman este Tribunal ya han tenido oportunidad de convalidar las potestades sancionatorias de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo con sustento en el poder de policía que desarrollan en este plano y como un derivado de los diversos mecanismos de coacción pertinentes, sin cuya asistencia la finalidad de control para la cual ha sido concebida sería de consecución dificultosa, cuando no imposible.

    Se concluyó en el sentido de que las resoluciones dictadas por el organismo, dentro del marco de reglamentación de la ley y de conformidad con los requisitos procedimentales acordados a esos fines, no exceden tales facultades sino que cabe considerarlas legítimas y por tanto...

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